El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) ha declarado nula la Orden de Tramitación de Ayudas para las
Viviendas Protegidas del Plan Concertado de Viviendas de Andalucía
aprobada por el gobierno autonómico, por considerar que, tratándose de
una disposición que afecta a los derechos e intereses legítimos de la
ciudadanía, debería haberse sometido al trámite de audiencia e
información pública.
SEVILLA, 13 (EUROPA PRESS)
El
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nula la
Orden de Tramitación de Ayudas para las Viviendas Protegidas del Plan
Concertado de Viviendas de Andalucía aprobada por el gobierno
autonómico, por considerar que, tratándose de una disposición que afecta
a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, debería haberse
sometido al trámite de audiencia e información pública.
Según ha
informado la Asociación Sevillana de Constructores y Promotores
(Gaesco), recurrente de la orden, el tribunal andaluz considera que la
Junta ha omitido "íntegramente" ese trámite de información pública sin
motivar las razones para ello.
Dicha orden atribuía a la Junta de Andalucía
la potestad unilateral de cambiar las resoluciones respecto de los
préstamos concedidos o sus prórrogas a promotores y compradores de
vivienda, en función de la situación presupuestaria del momento, algo
que Gaesco considera "una puerta abierta al abuso que, además, provocaba
una incertidumbre absoluta respecto de si las empresas y las familias
recibirían finalmente las ayudas o préstamos en las fechas previstas"
Bajo
este argumento, la organización empresarial sevillana presentó el
pasado mes de mayo ante el alto tribunal andaluz un recurso,
argumentando "que de aprobarse esta orden, quedaría en papel mojado
nuestra Ley de Derecho a la Vivienda, pionera en España, y mediante la que se pretende garantizar el acceso universal a la vivienda".
El
Plan Concertado de Viviendas de Andalucía, que finaliza este año 2012, y
preveía la construcción en la comunidad autónoma de 92.000 viviendas
protegidas en venta y 39.600 en régimen de alquiler está en la
actualidad a un nivel de cumplimiento por debajo del 10 por ciento,
según datos proporcionados por la asociación.
Al respecto, Gaesco
considera que "con esta sentencia debería darse un nuevo impulso al
Plan, liberando las cantidades comprometidas inicialmente para la
promoción y compra de vivienda, lo que, además, contribuiría a aliviar
en cierta medida el elevado índice de desempleo que acumula el sector".
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