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domingo, 17 de junio de 2012

Prepárese para otro inevitable "catastrazo"

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES
José Mª Camarero
 
La mayoría de los municipios aún tienen margen para aplicar el tipo máximo del IBI

El abono de la contribución urbana (nombre coloquial del IBI) se pone aún más cuesta arriba. Todas las medidas que aplicarán los ayuntamientos durante este ejercicio supondrán el aumento del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI): al incremento de hasta diez puntos aprobado por el Gobierno de forma excepcional para este año, se une el margen que aún tienen la mayor parte de los consistorios para incrementar sus tipos, ya que muy pocos alcanzan el 1,10% máximo permitido por la ley. Y para rematar, siguen vigentes los efectos de las nuevas valoraciones catastrales, que sólo en 2011 afectaron a siete millones de hogares, y cuyos efectos se dejarán notar en una década. ¿La alternativa? Acogerse a alguna bonificación, entre las pocas que ofrece la normativa, siempre de forma anticipada a la emisión del recibo anual.

Para empezar, recargo de hasta el 10%Una de las primeras medidas urgentes que tomó el Gobierno nada más acceder al poder fue el incremento en los tipos del IBI, tras percatarse de la situación financiera por la que pasaban los ayuntamientos de toda España. Ningún propietario de inmuebles se puede librar de este incremento, que se encuentra estructurado en tres fases: será de un 10%, para los inmuebles ubicados en municipios cuya última revisión catastral se realizara antes de 2002; si la revisión se aprobó entre 2002 y 2004, el incremento será de seis puntos; y si se hizo después de 2008, supondrá un aumento de cuatro puntos. En su momento, el Ejecutivo fue consciente de que «es el tributo por el que más recaudan los ayuntamientos y supone una importante fuente de ingresos», explica José Ignacio Alemany, delegado de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) para Madrid.

Tipo máximo del 1,10%

La ley que regula el IBI concede un margen de maniobra bastante amplio a los ayuntamientos. En concreto, para viviendas en suelo urbano, el tipo aplicable puede encontrarse entre el 0,4% y el 1,10% sobre el valor de la vivienda. Pero la mayoría de las ciudades se encuentran aún bastante lejos del tramo más elevado de esa horquilla. De hecho, desde ayuntamientos como el de Madrid ya han anunciado que se aprobará una subida del IBI «grande y dolorosa» para este año.

Si los contribuyentes ya cuentan con el incremento aprobado por el Gobierno y están inmersos en una revisión catastral en proceso, la única alternativa que tiene el consistorio es aumentar tipos. Y aunque parezca mentira, en Madrid se aplica uno de los más bajos de toda España (ver mapa adjunto). Entre las grandes ciudades, Valencia, Sevilla y Bilbao son las que aplican unos tipos del IBI más elevados, y las que tienen menor margen de incremento del gravamen. «Es el único margen de maniobra que tienen los ayuntamientos», explica Gonzalo Arana, letrado del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). «Existe la posibilidad de que se apliquen tipos supletorios o, si se cumplen una serie de requisitos, como ser capital de provincia, puedan incrementar los tipos con los puntos que indica la ley», afirma este abogado.

Remate con la revisión catastral

Además, hay que tener en cuenta otro factor que incide en el aumento de la factura del IBI: la revisión catastral. Por lo general, este procedimiento, que se realiza, como mínimo, cada década, supone un aumento del valor de los inmuebles y, por tanto, de la base imponible del impuesto que se paga. «Esta valoración se determina, se notifica y es susceptible de impugnación, según las normas del catastro», explica Gonzalo Arana. En lo que va de año, las ciudades de Zaragoza, Talavera de la Reina (Toledo) y Santa Coloma de Gramanet (Barcelona) ya han visto incrementado sus valores catastrales, con efectos en la cuota de sus contribuyentes hasta 2022.

Bonificaciones

La única posibilidad que tienen los ciudadanos para reducir el impacto de una factura que cada año va a más es la de acogerse a alguno de los beneficios fiscales que permite la ley. Sin embargo, las bonificaciones del IBI «son reducidas o nulas», advierte José Ignacio Alemany. Sobre todo, hay que tener en cuenta que «son los contribuyentes quienes deben solicitarlas, año tras año», según este letrado del CGAE, para que los consistorios las apliquen en los recibos de los próximos ejercicios.
Fuente: finanzas.com

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