El Alto Tribunal considera que el magistrado
actuó de manera "negligente" al cambiar el régimen de visitas de un
niño para que fuera a una procesión.
El juez Serrano en la sala de lo Civil
y Penal, donde es juzgado./ EP |
La sentencia del Supremo, que ha contado con un voto particular discrepante, también ha impuesto al juez una multa de 2.160 euros como responsabilidad criminal.
El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas del niño de 12 años, con lo que (según el TSJA) actuó de forma imprudente y con "un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor.
Fuente: diariodesevilla.es
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