Economía, negocios y finanzas
El Consejo de Ministros ha dado "la cobertura legal" necesaria al código de buenas prácticas que permitirá ayudar a las familias con deudas hipotecarias que no puedan hacer frente a sus cuotas. El texto será voluntario en su suscripción pero se obligará a su cumplimiento a las entidades financieras que lo firmen.
| La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y los ministros de Economía y Hacienda, Luis de Guindos (i), y Cristóbal Montoro, respectivamente, durante una rueda de prensa ofrecida tras una reunión del Consejo de Ministros. EFE/Archivo |
Además de establecer límites en los tipos de interés de demora, la medida incorpora una serie de ventajas que postergan la ejecución de la hipoteca, hasta llegar a la dación en pago en el último de los supuestos.
Eso sí, este tipo de medidas sólo se adoptarán en casos muy extremos de falta de recursos, como familias con todos sus miembros en paro y con viviendas de menos de 200.000 euros en ciudades de más de un millón de habitantes y de 120.000 en las de menos de 100.000.
Del mismo modo, otro baremo será que no se pueda afrontar el pago de la hipoteca con el 60% de todos los ingresos de una casa. Lógicamente, la vivienda tiene que ser la residencia habitual.
El Gobierno no ha querido dar datos concretos sobre el impacto de la medida, pero ha recordado que la última Encuesta de Población Activa recogió que había 1,5 millones de familias con todos sus integrantes en situación de desempleo en España.
El primero de los pasos será una reestructuración de la deuda pendiente a mejores condiciones; la segunda sería la aplicación de una quita; y la tercera, la famosa dación en pago, con la posibilidad de quedarse dos años en régimen de alquiler en la vivienda perdida.
Paso por paso, y según ha explicado la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la reestructuración del pago de la hipoteca empezará con un periodo de carencia de hasta cuatro años en el que el deudor estará exento de pagar capital y sólo abonará los intereses.
Al mismo tiempo, se ampliará el plazo hasta 40 años, lo que implica una reducción de las cuotas mensuales. Y, por último, se limitarán los tipos de interés. Como máximo, se afrontará un porcentaje del euribor más 0,25%.
Si no sirve esta medida, se pasa a la siguiente fase, que consistiría en una quita de la deuda, es decir, que se perdone una parte. Y, al final del todo, se abre la puerta a la dación en pago, con la que la entrega de las llaves de la vivienda salda la deuda bancaria.
Eso sí, el Gobierno permitirá que el ex propietario permanezca en el inmueble en régimen de alquiler durante dos años prorrogables. La renta se establecería calculando un 2,5% del saldo pendiente. "Si quedan por pagar 100.000 euros, el alquiler sería de 250 euros mensuales", ha ilustrado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de de Santamaría.
No hay comentarios:
Publicar un comentario