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05-12-2011 / 13:01 h
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el recurrente no sólo no ha conseguido demostrar que su situación económica haya empeorado con respecto al momento en que se produjo el divorcio, sino que, por el contrario, hay otros indicios que tampoco lo acreditan.
La Audiencia, que desestima el recurso presentado contra la sentencia dictada por un Juzgado de San Javier en abril pasado, señala que la ex esposa se opuso a la aprobación del mismo y señaló que aunque una de las empresas sufra problemas de tesorería, el recurrente es también propietario de otras.
Además, señaló que las razones de salud esgrimidas por el que fue su marido tampoco eran tales o, por lo menos, no de tal gravedad que le impidieran seguir trabajando.
El tribunal indica que una de las empresas "E., S.L.", ha sido declarada insolvente por la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, "pero nada se ha explicado ni justificado en relación con las otras cuatro sociedades de las que el recurrente es administrador único o mancomunado o bien es apoderado de una sociedad que administra su hermano".
La sentencia señala también que aunque por razones de sus deudas le fue subastada una finca, "no parece que ello haya representado un efectivo perjuicio para él, pues continúa residiendo en la misma, ya que fue adjudicada a la empresa "A.P.G., S.L.", de la que es administrador único su hermano y él mismo es el apoderado".
Los magistrados comentan que "existen datos que permiten exteriorizar la existencia de un nivel de vida más alto que el que aparenta tener", y dudan de que el volumen de ingresos que asegura obtener responda a la realidad.
Así, indica que para los años 2005 a 2007 ha declarado unos ingresos por todos conceptos de treinta mil euros anuales, por lo que la sala no entiende que en el momento de la separación aceptara en el convenio de divorcio el pago de pensiones que suponían más de 26.000 euros.
"Resulta evidente -concluye la Audiencia- que el apelante siempre ha ocultado su verdadera situación económica y que ésta debe presumirse en función de las condiciones de vida del mismo". EFE
Fuente: ABC.es
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