Sobre la reciente reforma de la Carta Magna
ÁLVARO CUESTA MIEMBRO DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO Nuestra Constitución cumple estos días su trigésimo tercer aniversario. El mérito es de todos nosotros, los ciudadanos españoles. En un día como hoy hemos de felicitarnos por estos treinta y tres años de convivencia en libertad y democracia en los que hemos sido protagonistas de nuestra historia. En este último año el Parlamento español aprobó, por una gran mayoría fruto del voto favorable de los dos grandes partidos, una reforma parcial de la Constitución, introduciendo el «principio de estabilidad presupuestaria» en su artículo 135, desde la legitimidad de las Cortes Generales, y dentro del normal funcionamiento de los mecanismos y de las previsiones constitucionales de reforma.
Se trata de una reforma necesaria y positiva de nuestro texto constitucional en sintonía jurídica con la Unión Europea, que refuerza la capacidad de actuación y credibilidad de España, de su financiación y de la solidez y solvencia de sus garantías, fortaleciendo la confianza en la sostenibilidad de las finanzas públicas. El «principio de estabilidad presupuestaria» ya formaba parte de nuestro ordenamiento jurídico, y ahora se eleva su rango normativo al nivel Constitucional. Se trata de un principio recogido en distintas leyes, que forma parte del acervo de la socialdemocracia y que supone una expresión de solidaridad intergeneracional y con las generaciones futuras.
La reforma constitucional que acordaron las Cortes Generales, al igual que el camino emprendido por Alemania, Francia, Italia y otros países de la zona euro en sus respectivos ordenamientos constitucionales, es consecuencia y reflejo del compromiso de España con el euro, y con la gobernanza económica de Europa, que requiere una armonización de normas y de culturas constitucionales en el ámbito de la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Hoy en la Unión Europea se está gestando un Gobierno económico común, para dirigir la política fiscal y presupuestaria en la zona euro, que puede pasar por una inminente reforma de los tratados. Europa precisa acabar con los vestigios de «dumping social, presupuestario y fiscal» que aún permanecen. Son necesarios compromisos firmes, ciertos, verificables y fiscalizables, que deben ser asumidos conjunta y solidariamente. La unidad monetaria de Europa no es suficiente. Es preciso avanzar hacia una auténtica unidad económica, lo que supone unidad presupuestaria y fiscal. Por eso es trascendental la próxima cumbre Europea del día 9. El reto de la política europea en el corto plazo es salvar el euro. Para salvar la moneda única la Unión Europea ha venido contemplando una serie de medidas como la de acudir a la ayuda del Fondo Monetario Internacional y del Banco Central Europeo, además de otras iniciativas como el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera o la compra de bonos por el BCE y otras fórmulas de ayuda a los países que cumplen sus compromisos. Ello requiere garantías de pago, para lo cual la UE se plantea reformar los tratados estableciendo garantías de estabilidad fiscal.
Además, no podemos olvidar que el pasado 11 de marzo los jefes de Estado y de Gobierno de la eurozona acordaron el pacto del euro. Uno de los compromisos de dicho pacto es la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Unión Europea no avanzará si no lo hacen sus miembros, y si ellos no crean las condiciones objetivas políticas, jurídicas, económicas y constitucionales en el seno de cada país.
La reforma constitucional del artículo 135 se anticipa en esa dirección. Con ella España lanza un mensaje de solvencia y de confianza al mundo. Se trata de un compromiso con la construcción de más Europa. Pero se trata también de una reforma que es consecuente con lo que se nos demanda. Somos un país fuertemente endeudado. La economía española, tanto la pública como, sobre todo, la privada, así como el sector financiero, acude permanentemente al crédito exterior, recibiendo la ayuda de los mecanismos europeos de facilidad financiera e intervención de los mercados, de apoyo de la zona euro, de los fondos, de la compra de bonos por el Banco de Crédito Europeo, así como de otros préstamos. Nuestros acreedores exigen garantías documentadas solemnemente de que vamos a pagar y de que vamos a disciplinar nuestros ingresos y nuestros gastos, para seguir siendo sostenibles. Para ello se nos piden hechos. La reforma constitucional ha sido una cierta suerte de «pagaré» constitucional, de «carta de patrocinio» o de «garantía», de escritura de reconocimiento de deuda, de compromiso de pago prioritario y de disciplina de gestión, para que cada vez pidamos menos crédito y seamos mas competentes.
Esta es la segunda reforma que se ha realizado en los treinta y tres años de vida de nuestra Constitución. La primera se produjo el 27 de agosto de 1992, estaba fundada en las previsiones del Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht. Aquella reforma afectó al artículo 13, apartado 2, reconociendo el derecho de sufragio «pasivo» en las elecciones municipales a los ciudadanos europeos residentes en España, y al resto de los extranjeros a los que por tratado o ley se les reconozca atendiendo a criterios de reciprocidad. La tramitación fue muy rápida, en lectura única, en el mes de julio, publicándose en el mes de agosto, sin que nadie solicitase la realización de un referéndum. El origen de esta segunda reforma constitucional proviene del llamado pacto del euro. Su tramitación fue similar a la primera. Se produjo entre agosto y septiembre de este año. La iniciativa fue presentada por los grupos Socialista y Popular del Congreso, y entró en vigor el 27 de septiembre. Por la materia regulada, que no afectaba a ningún contenido sustancial de nuestra Constitución, no fue necesaria la realización de un referéndum, ya que los partidarios del mismo no alcanzaron la décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.
El contenido esencial de la reforma del artículo 135 consiste en el refuerzo y la elevación a rango constitucional del «principio de estabilidad presupuestaria» y de la obligación de dar «prioridad absoluta» a los gastos presupuestarios destinados a la atención del «pago de la deuda pública» de España, aplicando una política económica y presupuestaria que respete los «márgenes» de «déficit estructural acordados en la Unión Europea». Todo ello obliga a que las leyes y los actos de gobierno respeten esas previsiones y se sujeten a esos principios, salvo en casos y circunstancias «extraordinarias» y graves «apreciadas por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados». Considero, no obstante, que el nuevo tenor del artículo 135 reformado debe ser interpretado y gestionado en el marco de nuestra propia Constitución, es decir, a la luz de la importancia, prevalencia y firmeza normativa de los derechos y deberes fundamentales y de los «principios rectores de la política social y económica» recogidos en el capítulo III del título primero de la Constitución, los cuales «informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos».
Fuente: lne.es
El pagaré constitucional |
Se trata de una reforma necesaria y positiva de nuestro texto constitucional en sintonía jurídica con la Unión Europea, que refuerza la capacidad de actuación y credibilidad de España, de su financiación y de la solidez y solvencia de sus garantías, fortaleciendo la confianza en la sostenibilidad de las finanzas públicas. El «principio de estabilidad presupuestaria» ya formaba parte de nuestro ordenamiento jurídico, y ahora se eleva su rango normativo al nivel Constitucional. Se trata de un principio recogido en distintas leyes, que forma parte del acervo de la socialdemocracia y que supone una expresión de solidaridad intergeneracional y con las generaciones futuras.
La reforma constitucional que acordaron las Cortes Generales, al igual que el camino emprendido por Alemania, Francia, Italia y otros países de la zona euro en sus respectivos ordenamientos constitucionales, es consecuencia y reflejo del compromiso de España con el euro, y con la gobernanza económica de Europa, que requiere una armonización de normas y de culturas constitucionales en el ámbito de la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Hoy en la Unión Europea se está gestando un Gobierno económico común, para dirigir la política fiscal y presupuestaria en la zona euro, que puede pasar por una inminente reforma de los tratados. Europa precisa acabar con los vestigios de «dumping social, presupuestario y fiscal» que aún permanecen. Son necesarios compromisos firmes, ciertos, verificables y fiscalizables, que deben ser asumidos conjunta y solidariamente. La unidad monetaria de Europa no es suficiente. Es preciso avanzar hacia una auténtica unidad económica, lo que supone unidad presupuestaria y fiscal. Por eso es trascendental la próxima cumbre Europea del día 9. El reto de la política europea en el corto plazo es salvar el euro. Para salvar la moneda única la Unión Europea ha venido contemplando una serie de medidas como la de acudir a la ayuda del Fondo Monetario Internacional y del Banco Central Europeo, además de otras iniciativas como el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera o la compra de bonos por el BCE y otras fórmulas de ayuda a los países que cumplen sus compromisos. Ello requiere garantías de pago, para lo cual la UE se plantea reformar los tratados estableciendo garantías de estabilidad fiscal.
Además, no podemos olvidar que el pasado 11 de marzo los jefes de Estado y de Gobierno de la eurozona acordaron el pacto del euro. Uno de los compromisos de dicho pacto es la sostenibilidad de las finanzas públicas. La Unión Europea no avanzará si no lo hacen sus miembros, y si ellos no crean las condiciones objetivas políticas, jurídicas, económicas y constitucionales en el seno de cada país.
La reforma constitucional del artículo 135 se anticipa en esa dirección. Con ella España lanza un mensaje de solvencia y de confianza al mundo. Se trata de un compromiso con la construcción de más Europa. Pero se trata también de una reforma que es consecuente con lo que se nos demanda. Somos un país fuertemente endeudado. La economía española, tanto la pública como, sobre todo, la privada, así como el sector financiero, acude permanentemente al crédito exterior, recibiendo la ayuda de los mecanismos europeos de facilidad financiera e intervención de los mercados, de apoyo de la zona euro, de los fondos, de la compra de bonos por el Banco de Crédito Europeo, así como de otros préstamos. Nuestros acreedores exigen garantías documentadas solemnemente de que vamos a pagar y de que vamos a disciplinar nuestros ingresos y nuestros gastos, para seguir siendo sostenibles. Para ello se nos piden hechos. La reforma constitucional ha sido una cierta suerte de «pagaré» constitucional, de «carta de patrocinio» o de «garantía», de escritura de reconocimiento de deuda, de compromiso de pago prioritario y de disciplina de gestión, para que cada vez pidamos menos crédito y seamos mas competentes.
Esta es la segunda reforma que se ha realizado en los treinta y tres años de vida de nuestra Constitución. La primera se produjo el 27 de agosto de 1992, estaba fundada en las previsiones del Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht. Aquella reforma afectó al artículo 13, apartado 2, reconociendo el derecho de sufragio «pasivo» en las elecciones municipales a los ciudadanos europeos residentes en España, y al resto de los extranjeros a los que por tratado o ley se les reconozca atendiendo a criterios de reciprocidad. La tramitación fue muy rápida, en lectura única, en el mes de julio, publicándose en el mes de agosto, sin que nadie solicitase la realización de un referéndum. El origen de esta segunda reforma constitucional proviene del llamado pacto del euro. Su tramitación fue similar a la primera. Se produjo entre agosto y septiembre de este año. La iniciativa fue presentada por los grupos Socialista y Popular del Congreso, y entró en vigor el 27 de septiembre. Por la materia regulada, que no afectaba a ningún contenido sustancial de nuestra Constitución, no fue necesaria la realización de un referéndum, ya que los partidarios del mismo no alcanzaron la décima parte de los miembros de cualquiera de las cámaras.
El contenido esencial de la reforma del artículo 135 consiste en el refuerzo y la elevación a rango constitucional del «principio de estabilidad presupuestaria» y de la obligación de dar «prioridad absoluta» a los gastos presupuestarios destinados a la atención del «pago de la deuda pública» de España, aplicando una política económica y presupuestaria que respete los «márgenes» de «déficit estructural acordados en la Unión Europea». Todo ello obliga a que las leyes y los actos de gobierno respeten esas previsiones y se sujeten a esos principios, salvo en casos y circunstancias «extraordinarias» y graves «apreciadas por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados». Considero, no obstante, que el nuevo tenor del artículo 135 reformado debe ser interpretado y gestionado en el marco de nuestra propia Constitución, es decir, a la luz de la importancia, prevalencia y firmeza normativa de los derechos y deberes fundamentales y de los «principios rectores de la política social y económica» recogidos en el capítulo III del título primero de la Constitución, los cuales «informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos».
Fuente: lne.es
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