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domingo, 29 de enero de 2012

El Cuco se niega a pagar la indemnización porque encontrar el cuerpo de Marta "no depende de él"

CASO MARTA DEL CASTILLO

Francisco Javier García Marín recurre a la sentencia que le condena a pagar 414.000 euros por las tareas de búsqueda en el río.

EP, Sevilla | Actualizado 29.01.2012 - 12:27
 
El Cuco acata permanecer
en un centro hasta 2013.
El abogado de Francisco Javier García Marín, conocido como el Cuco, ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condena a su cliente al pago de una indemnización de 414.000 euros por el coste de las tareas de búsqueda del cuerpo de la joven Marta del Castillo en el río Guadalquivir, al entender que "no puede ser motivo para imponer la condena a abonar tales gastos el resultado de encontrar o no el cuerpo de la víctima, pues ello no depende" del acusado. En su anuncio de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el letrado del Cuco, Fernando de Pablo, solicita al Supremo que case el fallo de la Audiencia y dicte una nueva sentencia "en la que se declare no haber lugar al pago de cantidad alguna".

De este modo, el abogado del Cuco, que fue condenado a dos años y once meses de internamiento seguidos de un mes de libertad vigilada por un delito de encubrimiento en relación al caso Marta del Castillo, cita en su anuncio de recurso dos sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y por la Audiencia Nacional que "versan sobre supuestos semejantes a los enjuiciados en cuanto se produjeron las desapariciones de las víctimas de los hechos enjuiciados y en su búsqueda se emplearon importantes y costosos medios, hechos que son sustancialmente iguales a los de la sentencia recurrida". 

No obstante, añade, "existe contradicción entre los pronunciamientos de las sentencias alegadas y la recurrida, pues en ninguna de las primeras se impuso pena a los condenados consistente en sufragar y reparar los gastos ocasionados con las ingentes tareas de localización de los cuerpos de las víctimas de los delitos", precisando que en el fallo del Supremo, que condena a dos personas por asesinato y a una tercera por encubrimiento, "ninguna pena se impone referente a resarcir a las instituciones públicas por los gastos de localización del cuerpo de la víctima". 

Según señala en su anuncio de recurso, en este último caso el cuerpo "fue hallado sin vida en el lugar en el que señalaron los acusados", mientras que en la sentencia de la Audiencia Nacional, "una vez condenados los acusados por un delito de secuestro terrorista, tampoco establece pena alguna relativa a los gastos de búsqueda de la víctima", que "fue localizada con vida tras meritorias actuaciones de los Cuerpos de Seguridad del Estado".

Por ello, el abogado del Cuco interpone ante el Supremo un recurso para la unificación de doctrina, y abunda en el hecho de que las dos sentencias referidas "como contradictorias" con la dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla "no imponen penas a los condenados, diferenciándose con la recurrida en que en aquellas fueron halladas tales víctimas tras las tareas de búsqueda, con o sin vida". 

El Cuco fue condenado a dos años y nueve meses de internamiento seguidos de un mes de libertad vigilada por un delito de encubrimiento y al pago de una indemnización de 414.000 euros al entender que, en su primera declaración de 15 de febrero de 2009, luego mantenida en la Fiscalía de Menores, "admitió su participación en la ocultación y el traslado del cuerpo de Marta hasta el río", por lo que "esta manifestación reiterada obligó a la Administración a desplegar un dispositivo de búsqueda que ha generado unos gastos por el importe señalado". 

"Su conducta ha consistido en ayudar a deshacerse del cuerpo para impedir su descubrimiento", todo lo cual, "unido a su conducta posterior y su negativa a colaborar en el descubrimiento del cuerpo, negando los hechos y su participación, justifica sobradamente que él, y por extensión legal sus padres, corran con los gastos, porque esta búsqueda y el despliegue de medios materiales viene motivada por él", apuntó la Audiencia en su sentencia.   
Fuente: diariodesevilla.es

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