Impuestos | comparativa entre comunidades
El tipo máximo se sitúa en el 56%, 13
puntos por encima del aplicado en 2010 Patrimonio y Sucesiones están
en el tope de tributación
Alejandro Martín
sevilla | Actualizado
07.07.2013 - 10:47
Aunque
la Constitución consagra la igualdad de todos los españoles ante la
ley, no todos los españoles son iguales ante Hacienda. Al menos en lo
que se refiere al impuesto más democrático -con permiso del IVA, que
grava el consumo, y del que prácticamente nadie escapa... salvo que
defraude-, pues todo residente en el territorio nacional que perciba
cualquier tipo de renta está obligado a cumplimentarlo cada año: el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Su tributación
varía significativamente según la comunidad autónoma en la que se
resida, y no sólo en País Vasco y Navarra, que se benefician de sus
fueros.
Las más gravosas son Andalucía y Cataluña -casualmente, o no, dos de las regiones más asfixiadas por el déficit autonómico- donde el tipo impositivo máximo aplicable alcanza el 56% a partir de 300.000 euros de renta, cuatro puntos porcentuales por encima del gravamen superior aplicado en regiones no forales, como Madrid, La Rioja, Aragón, Baleares, ambas Castillas, o Galicia. Este tipo es sólo comparable en Europa con Suecia y supone una subida de 13 puntos porcentuales respecto al 43% vigente en 2010.
El origen de la divergencia autonómica radica en una medida introducida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en la Ley de Presupuestos de 2011, que abrió la puerta a que las comunidades autónomas pudieran modificar la escala autonómica de la base imponible general del IRPF. Y si a ello se le añade el gravamen complementario acordado por Mariano Rajoy nada más llegar a la Moncloa, el resultado es un heterogéneo incremento de la presión tributaria.
El objetivo no está puesto en las rentas medias y bajas -apenas hay diferencias en los tramos inferiores a 53.407 euros entre las autonomías sin régimen foral-, sino en las bases superiores, según refleja un estudio comparativo elaborado por el Consejo General de Economistas. En el caso de Andalucía, se creó un tramo específico de tributación para las bases comprendidas entre 60.000 y 120.000 euros con un tipo del 49%, uno de los más altos de toda España. Y así progresivamente hasta alcanzar el 56% en las declaraciones con una base superior a 300.000 euros.
Esta decisión se explica al cotejar las estadísticas de contribuyentes de la Agencia Tributaria, aunque los últimos datos disponibles son de 2011. El grueso de los ingresos de este impuesto se concentra en Andalucía en las bases comprendidas entre los 50.000 y los 150.000 euros. A partir de esa cifra, el número de contribuyentes cae exponencialmente y también su aportación al cómputo total, aunque el importe medio de sus declaraciones es más alto.
En los tramos comprendidos entre los 60.000 y los 150.000 euros se encuentran principalmente directivos de empresas o profesionales liberales. "El gravamen del IRPF es un atentado contra la gente trabajadora y excelente", insiste uno de los principales fiscalistas andaluces. Sin embargo, el secretario técnico de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas, Luis del Amo, reconoce que "la fiscalidad es muy alta en los últimos tramos de la tarifa, pero las diferencias entre comunidades no son tan graves".
El trabajo del Consejo General de Economistas calcula que para un contribuyente con una renta de 110.000 euros procedente exclusivamente del trabajo, el tipo medio se situaría en torno al 36% en Madrid y La Rioja, frente al 37% de Andalucía, lo que se traduce en una diferencia de unos 1.080 euros. Las distancias son mayores a medida que se asciende en la escala de renta. Por ejemplo, en los pocos casos de las rentas de unos 600.000 euros, en Andalucía se tributarían unos 311.000 euros, unos 20.000 euros más que en Madrid, La Rioja o Castilla y León.
Andalucía es también una de las cinco regiones -junto a Asturias, Cataluña, Extremadura y Galicia- que han introducido escalas propias de gravamen sobre el tipo mínimo del 2,5% del Impuesto del Patrimonio, elevándolo al 3,03%, el segundo más alto tras el extremeño, situado en el 3,75%. En casos extremos en los que se combinan rentas altas y patrimonios elevados, la tributación puede exceder del 60% de la renta, lo que supera el tope legal que la ley considera confiscatorio. "Y cuando una renta se marcha, son ingresos que pierde Andalucía", lamenta un experto, que insiste en que la combinación de tipos altos tanto en el IRPF como en el Impuesto del Patrimonio está provocando un paulatino éxodo fiscal entre las rentas más altas, fundamentalmente a Madrid, la única región exenta de este impuesto porque está bonificado.
Sin embargo, es prácticamente imposible contrastar la emigración por motivos fiscales con los datos disponibles del padrón. "Y no creo que sea algo generalizado. Puede que algún contribuyente se haya deslocalizado, pero las comunidades tienen mecanismos de defensa y es algo perseguible legalmente", opone Luis del Amo.
Las diferencias entre autonomías también son considerables en otros impuestos, como el de Sucesiones. El Consejo de Economistas usa el ejemplo de un soltero de 30 años que hereda de su padre 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a una vivienda. "Prácticamente no pagarían nada los contribuyentes residentes en Cataluña, seguidos de los residentes en Cantabria, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid y Murcia. En Castilla-La Mancha se pagarán menos de 8.000 euros, en cambio en otras, como Castilla y León, Canarias, Extremadura, Asturias y Andalucía se pagaría una media de 150.000 euros, siendo la diferencia entre la Comunidad donde menos se paga y en la que más de 163.696 euros", señala el estudio.
Tres factores combinados -la crisis económica, la imposibilidad de una aceptación parcial del legado, y las revisiones del catastro, que han elevado sobremanera el valor catastral de los inmuebles-, están acarreando una cascada de renuncias a las herencias, ante la incapacidad de los herederos de satisfacer el pago del impuesto. Según un informe del Consejo General del Notariado, los desistimientos han aumentado un 147% en Andalucía entre 2007 y 2012, pasando de 1.417 a 3.447.
Otro gravamen que supone una desagradable sorpresa es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Por ejemplo, si se adquiere un inmueble con un valor de 150.000 euros que no va a ser la vivienda habitual del adquirente, el importe en Andalucía ascendería a unos 2.250 euros, 750 euros más que en Madrid o Galicia.
Según las estadísticas de Recaudación Tributaria de la Junta de Andalucía correspondientes a 2012, los Impuestos de Sucesiones, Patrimonio, Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones suponen alrededor del 9% de la recaudación. En cambio, el grueso de los ingresos proceden de la Tarifa Autonómica del IRPF y del IVA, que aportan alrededor de dos tercios del total.
Uno de los debates más intensos entre los economistas se centra en el cumplimiento o no de la Curva de Laffer, que presupone que si se eleva la presión fiscal por encima de lo que los contribuyentes están dispuestos a pagar, la recaudación tiende a disminuir en vez de a aumentar. "Pero la Curva de Laffer parte del supuesto de la generalidad en el pago de impuestos, cosa que no ocurre como todos sabemos. No todas las ventas se declaran con IVA, y no todos contribuyen por igual", insiste José María Mollinedo, secretario general de Gestha, el sindicato de los Técnicos de Hacienda.
Los ingresos tributarios de 2012 aumentaron un 22,7%, fundamentalmente por el IVA -que sufrió un fuerte incremento en septiembre- y el IRPF. En cuanto a 2013, los únicos datos territoriales disponibles son los de los cinco primeros meses divulgados la Agencia Tributaria (AEAT). Su desglose por comunidades debe ser analizado con cautela, ya que como la adscripción a una región depende del domicilio fiscal, la recaudación de una delegación no representa necesariamente la magnitud fiscal de ese territorio. Por ejemplo, Madrid representó el 47% del total de los ingresos en 2012.
Hasta mayo, los ingresos del IRPF recaudados por la AEAT en Andalucía arrojan un descenso interanual del 10,7%, casi el doble de la media nacional. Pero no hay una tendencia clara: en Cataluña, con tipos similares a los andaluces, sólo caen un 3,7%, y en Madrid aumentan un 0,7. En cuanto al IVA, la recaudación en Andalucía retrocede un 13,6%, frente al aumento del 0,2% de media en el conjunto de España. "Es cierto que la recaudación del IVA no se recupera. Pero la caída del IRPF se puede explicar por la pérdida de rentas por la crisis. Hay que dejar que el ejercicio siga su curso para extraer conclusiones", zanja José María Mollinedo.
Las más gravosas son Andalucía y Cataluña -casualmente, o no, dos de las regiones más asfixiadas por el déficit autonómico- donde el tipo impositivo máximo aplicable alcanza el 56% a partir de 300.000 euros de renta, cuatro puntos porcentuales por encima del gravamen superior aplicado en regiones no forales, como Madrid, La Rioja, Aragón, Baleares, ambas Castillas, o Galicia. Este tipo es sólo comparable en Europa con Suecia y supone una subida de 13 puntos porcentuales respecto al 43% vigente en 2010.
El origen de la divergencia autonómica radica en una medida introducida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en la Ley de Presupuestos de 2011, que abrió la puerta a que las comunidades autónomas pudieran modificar la escala autonómica de la base imponible general del IRPF. Y si a ello se le añade el gravamen complementario acordado por Mariano Rajoy nada más llegar a la Moncloa, el resultado es un heterogéneo incremento de la presión tributaria.
El objetivo no está puesto en las rentas medias y bajas -apenas hay diferencias en los tramos inferiores a 53.407 euros entre las autonomías sin régimen foral-, sino en las bases superiores, según refleja un estudio comparativo elaborado por el Consejo General de Economistas. En el caso de Andalucía, se creó un tramo específico de tributación para las bases comprendidas entre 60.000 y 120.000 euros con un tipo del 49%, uno de los más altos de toda España. Y así progresivamente hasta alcanzar el 56% en las declaraciones con una base superior a 300.000 euros.
Esta decisión se explica al cotejar las estadísticas de contribuyentes de la Agencia Tributaria, aunque los últimos datos disponibles son de 2011. El grueso de los ingresos de este impuesto se concentra en Andalucía en las bases comprendidas entre los 50.000 y los 150.000 euros. A partir de esa cifra, el número de contribuyentes cae exponencialmente y también su aportación al cómputo total, aunque el importe medio de sus declaraciones es más alto.
En los tramos comprendidos entre los 60.000 y los 150.000 euros se encuentran principalmente directivos de empresas o profesionales liberales. "El gravamen del IRPF es un atentado contra la gente trabajadora y excelente", insiste uno de los principales fiscalistas andaluces. Sin embargo, el secretario técnico de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas, Luis del Amo, reconoce que "la fiscalidad es muy alta en los últimos tramos de la tarifa, pero las diferencias entre comunidades no son tan graves".
El trabajo del Consejo General de Economistas calcula que para un contribuyente con una renta de 110.000 euros procedente exclusivamente del trabajo, el tipo medio se situaría en torno al 36% en Madrid y La Rioja, frente al 37% de Andalucía, lo que se traduce en una diferencia de unos 1.080 euros. Las distancias son mayores a medida que se asciende en la escala de renta. Por ejemplo, en los pocos casos de las rentas de unos 600.000 euros, en Andalucía se tributarían unos 311.000 euros, unos 20.000 euros más que en Madrid, La Rioja o Castilla y León.
Andalucía es también una de las cinco regiones -junto a Asturias, Cataluña, Extremadura y Galicia- que han introducido escalas propias de gravamen sobre el tipo mínimo del 2,5% del Impuesto del Patrimonio, elevándolo al 3,03%, el segundo más alto tras el extremeño, situado en el 3,75%. En casos extremos en los que se combinan rentas altas y patrimonios elevados, la tributación puede exceder del 60% de la renta, lo que supera el tope legal que la ley considera confiscatorio. "Y cuando una renta se marcha, son ingresos que pierde Andalucía", lamenta un experto, que insiste en que la combinación de tipos altos tanto en el IRPF como en el Impuesto del Patrimonio está provocando un paulatino éxodo fiscal entre las rentas más altas, fundamentalmente a Madrid, la única región exenta de este impuesto porque está bonificado.
Sin embargo, es prácticamente imposible contrastar la emigración por motivos fiscales con los datos disponibles del padrón. "Y no creo que sea algo generalizado. Puede que algún contribuyente se haya deslocalizado, pero las comunidades tienen mecanismos de defensa y es algo perseguible legalmente", opone Luis del Amo.
Las diferencias entre autonomías también son considerables en otros impuestos, como el de Sucesiones. El Consejo de Economistas usa el ejemplo de un soltero de 30 años que hereda de su padre 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a una vivienda. "Prácticamente no pagarían nada los contribuyentes residentes en Cataluña, seguidos de los residentes en Cantabria, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid y Murcia. En Castilla-La Mancha se pagarán menos de 8.000 euros, en cambio en otras, como Castilla y León, Canarias, Extremadura, Asturias y Andalucía se pagaría una media de 150.000 euros, siendo la diferencia entre la Comunidad donde menos se paga y en la que más de 163.696 euros", señala el estudio.
Tres factores combinados -la crisis económica, la imposibilidad de una aceptación parcial del legado, y las revisiones del catastro, que han elevado sobremanera el valor catastral de los inmuebles-, están acarreando una cascada de renuncias a las herencias, ante la incapacidad de los herederos de satisfacer el pago del impuesto. Según un informe del Consejo General del Notariado, los desistimientos han aumentado un 147% en Andalucía entre 2007 y 2012, pasando de 1.417 a 3.447.
Otro gravamen que supone una desagradable sorpresa es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Por ejemplo, si se adquiere un inmueble con un valor de 150.000 euros que no va a ser la vivienda habitual del adquirente, el importe en Andalucía ascendería a unos 2.250 euros, 750 euros más que en Madrid o Galicia.
Según las estadísticas de Recaudación Tributaria de la Junta de Andalucía correspondientes a 2012, los Impuestos de Sucesiones, Patrimonio, Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones suponen alrededor del 9% de la recaudación. En cambio, el grueso de los ingresos proceden de la Tarifa Autonómica del IRPF y del IVA, que aportan alrededor de dos tercios del total.
Uno de los debates más intensos entre los economistas se centra en el cumplimiento o no de la Curva de Laffer, que presupone que si se eleva la presión fiscal por encima de lo que los contribuyentes están dispuestos a pagar, la recaudación tiende a disminuir en vez de a aumentar. "Pero la Curva de Laffer parte del supuesto de la generalidad en el pago de impuestos, cosa que no ocurre como todos sabemos. No todas las ventas se declaran con IVA, y no todos contribuyen por igual", insiste José María Mollinedo, secretario general de Gestha, el sindicato de los Técnicos de Hacienda.
Los ingresos tributarios de 2012 aumentaron un 22,7%, fundamentalmente por el IVA -que sufrió un fuerte incremento en septiembre- y el IRPF. En cuanto a 2013, los únicos datos territoriales disponibles son los de los cinco primeros meses divulgados la Agencia Tributaria (AEAT). Su desglose por comunidades debe ser analizado con cautela, ya que como la adscripción a una región depende del domicilio fiscal, la recaudación de una delegación no representa necesariamente la magnitud fiscal de ese territorio. Por ejemplo, Madrid representó el 47% del total de los ingresos en 2012.
Hasta mayo, los ingresos del IRPF recaudados por la AEAT en Andalucía arrojan un descenso interanual del 10,7%, casi el doble de la media nacional. Pero no hay una tendencia clara: en Cataluña, con tipos similares a los andaluces, sólo caen un 3,7%, y en Madrid aumentan un 0,7. En cuanto al IVA, la recaudación en Andalucía retrocede un 13,6%, frente al aumento del 0,2% de media en el conjunto de España. "Es cierto que la recaudación del IVA no se recupera. Pero la caída del IRPF se puede explicar por la pérdida de rentas por la crisis. Hay que dejar que el ejercicio siga su curso para extraer conclusiones", zanja José María Mollinedo.
Fuente: diariodesevilla.es
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