VIVIENDAS PROTEGIDAS
EFE Economía
Sevilla
19 AGO 2012 - 13:55 CET
Con esta medida, se trata de garantizar la función social que deben
tener los inmuebles sometidos a protección pública, según ha informado
la consejería.
La reclamación oficial, en una primera fase, se ha realizado mediante correo ordinario, y está basada en la normativa sobre Registros Públicos de Demandantes de Vivienda Protegida, que establece que los inmuebles protegidos que han sido adjudicados a entidades bancarias por impago de la hipoteca deben ser ofrecidos a esos registros en el plazo de tres meses.
Con esta norma se trata de que la vivienda protegida que ha sido embargada por una entidad financiera vuelva al registro de demandantes, de modo que se le pueda asignar a un nuevo adjudicatario, a menos que el banco opte por cualquier otra forma de cesión al anterior titular.
La Consejería de Fomento y Vivienda trabaja además en una modificación de la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía para introducir una sanción a las entidades financieras que no envíen esas viviendas al registro, sin perjuicio de las posibles sanciones ya previstas en la Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.
La consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, ha explicado en un comunicado que a las entidades financieras también se les ha instado a que, en primer lugar, hagan "todo lo posible por evitar los desahucios de esas viviendas protegidas, con soluciones que también pasarían por que estos inmuebles embargados se entreguen al anterior titular mediante un alquiler social".
Cortés ha emplazado a las entidades financieras a una reunión a finales de verano para "poner en su conocimiento las medidas que está adoptando la Consejería para paliar esta dramática situación y solicitar su colaboración".
"Los desahucios son un gravísimo problema que las Administraciones no pueden abordar desde la neutralidad", por lo que tienen que "intervenir para salvaguardar el derecho a la vivienda" consagrado en el Estatuto de Autonomía", según la consejera.
En Andalucía, el número de desahucios ha superado los 68.000 entre 2007 y 2011.
Fuente: EL PAÍS.com
La reclamación oficial, en una primera fase, se ha realizado mediante correo ordinario, y está basada en la normativa sobre Registros Públicos de Demandantes de Vivienda Protegida, que establece que los inmuebles protegidos que han sido adjudicados a entidades bancarias por impago de la hipoteca deben ser ofrecidos a esos registros en el plazo de tres meses.
Con esta norma se trata de que la vivienda protegida que ha sido embargada por una entidad financiera vuelva al registro de demandantes, de modo que se le pueda asignar a un nuevo adjudicatario, a menos que el banco opte por cualquier otra forma de cesión al anterior titular.
La Consejería de Fomento y Vivienda trabaja además en una modificación de la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía para introducir una sanción a las entidades financieras que no envíen esas viviendas al registro, sin perjuicio de las posibles sanciones ya previstas en la Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo.
La consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, ha explicado en un comunicado que a las entidades financieras también se les ha instado a que, en primer lugar, hagan "todo lo posible por evitar los desahucios de esas viviendas protegidas, con soluciones que también pasarían por que estos inmuebles embargados se entreguen al anterior titular mediante un alquiler social".
Cortés ha emplazado a las entidades financieras a una reunión a finales de verano para "poner en su conocimiento las medidas que está adoptando la Consejería para paliar esta dramática situación y solicitar su colaboración".
"Los desahucios son un gravísimo problema que las Administraciones no pueden abordar desde la neutralidad", por lo que tienen que "intervenir para salvaguardar el derecho a la vivienda" consagrado en el Estatuto de Autonomía", según la consejera.
En Andalucía, el número de desahucios ha superado los 68.000 entre 2007 y 2011.
Fuente: EL PAÍS.com
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