Cataluña
La Comisión Europea señala que la norma que obliga a doblar al catalán la mitad de las películas exime a las cintas en español. La Generalidad debe modificar el texto y las soluciones que se barajan dejarían en nada la ley. El Gremio de Empresarios de Cines de Cataluña celebra la decisión de la UE y piden que el acuerdo de septiembre de 2011 se convierta en ley.
La Comisión Europea señala que la norma que obliga a doblar al catalán la mitad de las películas exime a las cintas en español. La Generalidad debe modificar el texto y las soluciones que se barajan dejarían en nada la ley. El Gremio de Empresarios de Cines de Cataluña celebra la decisión de la UE y piden que el acuerdo de septiembre de 2011 se convierta en ley.
Viernes, 22 de junio de 2012 | 15:40
Según LA VOZ DE BARCELONA, la polémica ley autonómica que pretendía potenciar las películas
dobladas en catalán quedará, con toda probabilidad, en nada. La
Generalidad de Cataluña tiene desde este jueves dos meses
para adaptar la norma a la legislación europea o bien mantenerse en sus
trece y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva el
contencioso.
La Comisión Europea ha pedido
a España que ‘ponga fin a las normas discriminatorias que dificultan la
distribución de películas no españolas’, que se desprende de la
autonómica Ley del Cine de Cataluña, aprobada en 2010, y que ‘obliga a
alcanzar un 50 % de distribución de películas [dobladas o subtituladas]
en catalán en Cataluña’.
La literalidad de la norma no establece discriminación alguna entre
las películas en español y las películas en cualquier otro idioma de la
Unión Europea (salvo la discriminación positiva en favor del catalán,
asunto que está pendiente de resolver por el Tribunal Constitucional),
pero desde la Comisión han confirmado a LA VOZ DE BARCELONA que la
puesta en práctica de la norma “sí comporta un sobrecoste a las
películas europeas que no son en español”, lo que vulneraría las leyes
del mercado único europeo.
Una norma al margen de la realidad
El asunto tiene su importancia y demuestra que el legislador autonómico aprobó una ley
que difícilmente podrá aplicarse. La Generalidad optó por llevar a cabo
una norma que obligase a las películas que se emitían en Cataluña en versión doblada o subtitulada
(no a las que se emitían en versión original, diferencia fundamental) a
que al menos, si de distribuían más de 16 copias, se proyectase el 50%
de las copias en catalán.
Esta normativa autonómica, sin embargo, en su literalidad, trata por
igual a todas las películas, indistintamente del idioma en que se
realicen. Es decir, da el mismo trato a las películas en español que a
las películas en inglés, francés, italiano o cualquier otra lengua de la
Unión Europea (UE). Pero la realidad, en Cataluña, es bien distinta a
la que establece la norma. Y las películas en versión original en español no necesitan (porque el mercado no lo exige) un doblaje o ser subtituladas. La
ley autonómica solo afecta a las películas que quieran distribuirse
dobladas o subtituladas, pero no a las que se distribuyen en versión
original (en cualquier idioma).
Pero, lógicamente, las películas en versión original que no sea el
español o el catalán no tienen salida comercial en Cataluña. Las
distribuidoras necesitan doblarlas o subtitularlas para poder recuperar
parte de la inversión. Es en este momento, cuando la ley se aplica en
una realidad bien distinta a la que pretende el legislador autonómico,
en el que entra la Comisión y advierte que se produce una discriminación
hacia las producciones europeas no realizadas en español.
La Comisión entiende, según figura en el comunicado hecho público
este jueves, que ‘el objetivo de interés general que persigue [la ley]
es totalmente legítimo’, en lo que se refiere a las cuotas establecidas
para ‘promover el cine y respaldar el desarrollo de la oferta de cine en
catalán’, pero entiende que la normativa es ‘discriminatoria’ respecto a
las películas del resto de Europa porque ‘exime [del cumplimiento de
estas cuotas] a las películas españolas en versión original en
castellano’.
En concreto, la Comisión considera que la ‘ley supone un sobrecoste
comprendido entre 25.000 y 77.000 euros por el doblaje, o entre 2.000 y
5.730 euros por la subtitulación, lo que encarece el producto
y dificulta el acceso de las películas europeas no españolas al mercado
español’. Una ‘obligación [que] en sí misma es incompatible con el
Derecho europeo’, insiste la institución en un dictamen motivado.
Una ley promovida por el tripartito con el apoyo de CiU
La Ley del Cine de Cataluña fue aprobada por el Parlamento autonómico el 30 de junio de 2010,
dos días después de conocerse el fallo de la sentencia del Tribunal
Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía, sentencia que recordaba
que entre particulares la Administración autonómica no podía imponer
ninguna lengua, y que ha servido de base para que la ley ahora impugnada
por la Comisión Europea fuera llevada ante el TC por el PP.
La ley en el Parlamento autonómico tuvo el apoyo de CiU, PSC, ERC e
ICV-EUiA y la oposición de PP y Ciudadanos. La normativa establece
sanciones de hasta 75.000 euros a aquellos productores y
exhibidores que no distribuyan y emitan, al menos, el 50% de las
películas en catalán, una obligación que afecta tanto a las cintas
dobladas como a las subtituladas. Sin embargo, la norma no se aplica.
Que el acuerdo de 2011 se convierta en ley
La situación actual es rocambolesa porque, para
evitar la discriminación efectiva a las películas europeas no en español
(que no consta literalmente en la ley), la Generalidad solo tiene dos
alternativas reales. Una opción es modificar la norma para hacer
extensiva la obligatoriedad de doblar al catalán las películas rodadas
originalmente en español, algo que ni siquiera se atrevió a establecer
el tripartito, cuyo departamento estaba en manos de ERC, y sería
recurrido con toda probabilidad ante el TC por el sector e, incluso,
podría hacerlo también el Gobierno.
Y otra alternativa sería eximir de la obligatoriedad de doblar al
catalán las películas procedentes del resto de países europeos, lo que
reduciría sustancialmente el objetivo pretendido con la ley y situaría a
las majors estadounidenses en una posición de discriminación
al ser el único colectivo que se vería afectado por la norma. Se
convertiría así en un norma solo para las majors.
Frente a estas posibles soluciones, el Gremio de Empresarios de Cines
de Cataluña platea la reforma de la ley autonómica en la línea del
acuerdo a tres (distribuidores, exhibidores y Generalidad) alcanzado en septiembre de 2011, que elimina las sanciones y las cuotas y establece que el sector dobla 25 copias al catalán para fomentar este sector en catalán a cambio de subvenciones públicas.
Así lo ha confirmado Pilar Sierra, directora del Gremio, a LA VOZ DE BARCELONA. “La alternativa a la ley es el acuerdo a tres alcanzado el
año pasado. La ley hay que modificarla porque las cuotas no son la
solución, y estas y las sanciones son desproporcionadas”, ha indicado.
En esta línea, Sierra está convencida de que la Generalidad tendrá
que modificar la ley autonómica para adaptarla a Europa. “Hay que buscar
alternativas viables para no llegar a callejones sin salida”, ha
añadido Sierra, que descarta que el Gobierno autonómico intente aplicar
el doblaje a las películas en español o eximir de cumplir las cuotas
solo a las películas de Europa.
La Generalidad adaptará la ley pero no sabe cómo
Pese a este maremágnum creado por la polémica norma, el consejero de
Cultura, Ferran Mascarell, tras conocer el comunicado de la Comisión se
ha mostrado satisfecho porque, en su opinión, la UE no cuestiona las cuotas de catalán establecidas por la ley. “Tenemos que estar dentro del conjunto de las normas y las demandas que nos hacen, ya veremos cuál es la mejor manera de adaptarnos“, ha añadido.
El presidente de la Generalidad, Artur Mas (CiU), ha anunciado por su
parte, desde Estados Unidos, que el Gobierno autonómico adaptará la
normativa a las directrices europeas, pero “sin romper la filosofía de
la ley, que es promover el uso del catalán”. “Será una adaptación más
técnica que del estricto corazón de la ley”, ha subrayado.
En los dos casos, así como las fuentes de la Consejería de Cultura
consultadas por este diario, no han sabido concretar cómo se adaptará la
norma, que, por otro lado, tras el acuerdo de septiembre de 2011, se ha
quedado en papel mojado al no aplicarse. Es decir, hay una ley,
impugnada por la Comisión Europea y a la espera de que el Tribunal
Constitucional diga si es legal, que no se aplica.
Pendiente de revisión por el Tribunal Constitucional
Por si todo esto no fuera suficiente, está pendiente de resolverse el
recurso de inconstitucionalidad contra la autonómica Ley del Cine presentado por el PP en octubre de 2010,
al considerar que el establecimiento de cuotas lingüísticas a los
empresarios cinematográficos va en contra de lo ordenado por la
sentencia del TC sobre el Estatuto.
Esta sentencia decretó que el catalán no podía ser lengua
‘preferente’ para la administración, y dictaminó que el deber de
disponibilidad lingüística ‘sólo puede ser exigible en las relaciones
entre los poderes públicos y los ciudadanos’, pero nunca entre privados.
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