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sábado, 23 de junio de 2012

La UE ordena modificar la Ley del Cine de Cataluña porque discrimina a las películas europeas no españolas

Cataluña

La Comisión Europea señala que la norma que obliga a doblar al catalán la mitad de las películas exime a las cintas en español. La Generalidad debe modificar el texto y las soluciones que se barajan dejarían en nada la ley. El Gremio de Empresarios de Cines de Cataluña celebra la decisión de la UE y piden que el acuerdo de septiembre de 2011 se convierta en ley.
 
Daniel Tercero
Viernes, 22 de junio de 2012 | 15:40
 
Según LA VOZ DE BARCELONA, la polémica ley autonómica que pretendía potenciar las películas dobladas en catalán quedará, con toda probabilidad, en nada. La Generalidad de Cataluña tiene desde este jueves dos meses para adaptar la norma a la legislación europea o bien mantenerse en sus trece y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva el contencioso.

La Comisión Europea ha pedido a España que ‘ponga fin a las normas discriminatorias que dificultan la distribución de películas no españolas’, que se desprende de la autonómica Ley del Cine de Cataluña, aprobada en 2010, y que ‘obliga a alcanzar un 50 % de distribución de películas [dobladas o subtituladas] en catalán en Cataluña’.

La literalidad de la norma no establece discriminación alguna entre las películas en español y las películas en cualquier otro idioma de la Unión Europea (salvo la discriminación positiva en favor del catalán, asunto que está pendiente de resolver por el Tribunal Constitucional), pero desde la Comisión han confirmado a LA VOZ DE BARCELONA que la puesta en práctica de la norma “sí comporta un sobrecoste a las películas europeas que no son en español”, lo que vulneraría las leyes del mercado único europeo.

Una norma al margen de la realidad

El asunto tiene su importancia y demuestra que el legislador autonómico aprobó una ley que difícilmente podrá aplicarse. La Generalidad optó por llevar a cabo una norma que obligase a las películas que se emitían en Cataluña en versión doblada o subtitulada (no a las que se emitían en versión original, diferencia fundamental) a que al menos, si de distribuían más de 16 copias, se proyectase el 50% de las copias en catalán.

Esta normativa autonómica, sin embargo, en su literalidad, trata por igual a todas las películas, indistintamente del idioma en que se realicen. Es decir, da el mismo trato a las películas en español que a las películas en inglés, francés, italiano o cualquier otra lengua de la Unión Europea (UE). Pero la realidad, en Cataluña, es bien distinta a la que establece la norma. Y las películas en versión original en español no necesitan (porque el mercado no lo exige) un doblaje o ser subtituladas. La ley autonómica solo afecta a las películas que quieran distribuirse dobladas o subtituladas, pero no a las que se distribuyen en versión original (en cualquier idioma).

Pero, lógicamente, las películas en versión original que no sea el español o el catalán no tienen salida comercial en Cataluña. Las distribuidoras necesitan doblarlas o subtitularlas para poder recuperar parte de la inversión. Es en este momento, cuando la ley se aplica en una realidad bien distinta a la que pretende el legislador autonómico, en el que entra la Comisión y advierte que se produce una discriminación hacia las producciones europeas no realizadas en español.

La Comisión entiende, según figura en el comunicado hecho público este jueves, que ‘el objetivo de interés general que persigue [la ley] es totalmente legítimo’, en lo que se refiere a las cuotas establecidas para ‘promover el cine y respaldar el desarrollo de la oferta de cine en catalán’, pero entiende que la normativa es ‘discriminatoria’ respecto a las películas del resto de Europa porque ‘exime [del cumplimiento de estas cuotas] a las películas españolas en versión original en castellano’.

En concreto, la Comisión considera que la ‘ley supone un sobrecoste comprendido entre 25.000 y 77.000 euros por el doblaje, o entre 2.000 y 5.730 euros por la subtitulación, lo que encarece el producto y dificulta el acceso de las películas europeas no españolas al mercado español’. Una ‘obligación [que] en sí misma es incompatible con el Derecho europeo’, insiste la institución en un dictamen motivado.

Una ley promovida por el tripartito con el apoyo de CiU

La Ley del Cine de Cataluña fue aprobada por el Parlamento autonómico el 30 de junio de 2010, dos días después de conocerse el fallo de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía, sentencia que recordaba que entre particulares la Administración autonómica no podía imponer ninguna lengua, y que ha servido de base para que la ley ahora impugnada por la Comisión Europea fuera llevada ante el TC por el PP.

La ley en el Parlamento autonómico tuvo el apoyo de CiU, PSC, ERC e ICV-EUiA y la oposición de PP y Ciudadanos. La normativa establece sanciones de hasta 75.000 euros a aquellos productores y exhibidores que no distribuyan y emitan, al menos, el 50% de las películas en catalán, una obligación que afecta tanto a las cintas dobladas como a las subtituladas. Sin embargo, la norma no se aplica.

Que el acuerdo de 2011 se convierta en ley

La situación actual es rocambolesa porque, para evitar la discriminación efectiva a las películas europeas no en español (que no consta literalmente en la ley), la Generalidad solo tiene dos alternativas reales. Una opción es modificar la norma para hacer extensiva la obligatoriedad de doblar al catalán las películas rodadas originalmente en español, algo que ni siquiera se atrevió a establecer el tripartito, cuyo departamento estaba en manos de ERC, y sería recurrido con toda probabilidad ante el TC por el sector e, incluso, podría hacerlo también el Gobierno.

Y otra alternativa sería eximir de la obligatoriedad de doblar al catalán las películas procedentes del resto de países europeos, lo que reduciría sustancialmente el objetivo pretendido con la ley y situaría a las majors estadounidenses en una posición de discriminación al ser el único colectivo que se vería afectado por la norma. Se convertiría así en un norma solo para las majors.

Frente a estas posibles soluciones, el Gremio de Empresarios de Cines de Cataluña platea la reforma de la ley autonómica en la línea del acuerdo a tres (distribuidores, exhibidores y Generalidad) alcanzado en septiembre de 2011, que elimina las sanciones y las cuotas y establece que el sector dobla 25 copias al catalán para fomentar este sector en catalán a cambio de subvenciones públicas.

Así lo ha confirmado Pilar Sierra, directora del Gremio, a LA VOZ DE BARCELONA. “La alternativa a la ley es el acuerdo a tres alcanzado el año pasado. La ley hay que modificarla porque las cuotas no son la solución, y estas y las sanciones son desproporcionadas”, ha indicado.

En esta línea, Sierra está convencida de que la Generalidad tendrá que modificar la ley autonómica para adaptarla a Europa. “Hay que buscar alternativas viables para no llegar a callejones sin salida”, ha añadido Sierra, que descarta que el Gobierno autonómico intente aplicar el doblaje a las películas en español o eximir de cumplir las cuotas solo a las películas de Europa.

La Generalidad adaptará la ley pero no sabe cómo

Pese a este maremágnum creado por la polémica norma, el consejero de Cultura, Ferran Mascarell, tras conocer el comunicado de la Comisión se ha mostrado satisfecho porque, en su opinión, la UE no cuestiona las cuotas de catalán establecidas por la ley. “Tenemos que estar dentro del conjunto de las normas y las demandas que nos hacen, ya veremos cuál es la mejor manera de adaptarnos“, ha añadido.

El presidente de la Generalidad, Artur Mas (CiU), ha anunciado por su parte, desde Estados Unidos, que el Gobierno autonómico adaptará la normativa a las directrices europeas, pero “sin romper la filosofía de la ley, que es promover el uso del catalán”. “Será una adaptación más técnica que del estricto corazón de la ley”, ha subrayado.

En los dos casos, así como las fuentes de la Consejería de Cultura consultadas por este diario, no han sabido concretar cómo se adaptará la norma, que, por otro lado, tras el acuerdo de septiembre de 2011, se ha quedado en papel mojado al no aplicarse. Es decir, hay una ley, impugnada por la Comisión Europea y a la espera de que el Tribunal Constitucional diga si es legal, que no se aplica.

Pendiente de revisión por el Tribunal Constitucional

Por si todo esto no fuera suficiente, está pendiente de resolverse el recurso de inconstitucionalidad contra la autonómica Ley del Cine presentado por el PP en octubre de 2010, al considerar que el establecimiento de cuotas lingüísticas a los empresarios cinematográficos va en contra de lo ordenado por la sentencia del TC sobre el Estatuto.

Esta sentencia decretó que el catalán no podía ser lengua ‘preferente’ para la administración, y dictaminó que el deber de disponibilidad lingüística ‘sólo puede ser exigible en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos’, pero nunca entre privados.

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