Buscador Google

Búsqueda personalizada

martes, 25 de octubre de 2011

El amianto en España: estado de la cuestión

El amianto es eterno: dura más que cualquier sustancia atómica en desintegración. Es letal: lo mismo que muchos elementos radioactivos. Es invisible, incoloro, inodoro, e insípido: igual que las radiaciones alfa. Es ubicuo y por su tamaño y liviandad puede quedar suspendida en el aire o en el agua y trasladarse aleatoriamente de acá para allá. Iba para mineral milagroso como la energía nuclear, y ha acabado en un enemigo “número uno” de la especie humana. 
 

Y el incorruptible amianto favorece, paradójicamente, la más elaborada corrupción - El amianto mata, 1978
 
El amianto, asbesto, o uralita en España, es un gran desconocido. Se puede afirmar sin miedo a equivocarse que sobre este mineral, omnipresente en nuestras vidas, se ha urdido una eficaz conspiración de silencio a escala mundial.

Es eterno: dura más que cualquier sustancia atómica en desintegración. Es letal: lo mismo que muchos elementos radioactivos. Es invisible, incoloro, inodoro, e insípido: igual que las radiaciones alfa. Es ubicuo y por su tamaño y liviandad puede quedar suspendida en el aire o en el agua y trasladarse aleatoriamente de acá para allá. Iba para mineral milagroso como la energía nuclear, y ha acabado en un enemigo “número uno” de la especie humana. A pesar de todo, es un gran desconocido.

En el caso de España lo es más aún que en muchos otros países europeos. Por ejemplo, en un trabajo de próxima publicación (1), se comparan las veces que el tema amianto (o asbesto) ha aparecido en la BBC inglesa y en la RTVE (radiotelevisión pública española) de manera explícita. Los resultados no dejan lugar a dudas: en la BBC, entre agosto de 1998 y el mismo mes de 2009, han aparecido 234 noticias referidas a sus efectos nocivos y consecuencias; en la RTVE, desde 1984 a 2009 ha aparecido unas seis o siete veces, y en esos 25 años transcurridos, en 18 de ellos ha habido una total ausencia del tema en nuestra televisión pública.

¿Cuánto es de nocivo? No nos cansaremos de repetirlo, la OMS (Organización Mundial de la Salud) advierte que el mineral actualmente procesado e instalado va a causar la muerte de entre unas 110.000 a 150.000 personas al año en el mundo, y que así ocurrirá en los próximos decenios por efectos de la actividad pasada, aunque hoy mismo se detuviese totalmente la extracción y producción. Como la misma sigue permitida en más de cien países, el número de víctimas ira engrosándose y dilatándose en el tiempo.

Pero si la actividad con amianto (extraer, transportar, manipular, usar, retirar y almacenar) es directamente perniciosa, la contaminación familiar y ambiental es igualmente peligrosa, aunque en menor cuantía, por lo que en los países en los que su uso ya está prohibido y las industrias correspondientes, el amianto sigue dañando la salud.

Al haberse utilizado en más de tres mil productos, muchos profesionales se siguen encontrando amianto en sus tareas cotidianas: fontaneros, albañiles, personal de derribo y mantenimiento de edificios, técnicos de automóviles, mantenimiento de buques y trenes, etc. Si no toman las estrictas medidas que exige la ley se verán expuestos al polvo del mineral. Pero también se encuentra en vertederos genéricos, por lo que queda fuera de control, y en muchos casos está en carreteras, caminos y calles conviviendo con la gente. Por ejemplo, el pueblo catalán de "Cerdanyola está contaminado. Pero nadie sabe cuánto. Uralita se desarrolló desde 1907 (…) y el pueblo creció con ella y se construyeron barrios enteros justo encima de los residuos de Uralita” (2).

Una gran cantidad del mineral sigue instalado en depósitos de agua, conducciones, edificios, objetos domésticos, tejados, hornos, autos, etc. por lo que todos los meteoros les afectan y van pulverizando las instalaciones, cuando no directamente resultan dañadas como en los casos de terremotos, tsunamis, tornados, incendios, granizo y atentados. Las Torres Gemelas, las Torres Windsor, el tsunami de Japón y el terremoto de Lorca resultan ilustrativos.

El amianto
 
En sus distintas presentaciones, una vez extraído de sus rocas naturales tiene la propiedad de deshacerse en pequeñísimas fibras, que tienen una longitud del orden de micras (la micra es la millonésima parte de un metro). Por ejemplo, una pulgada de mineral (unos 25 mm) puede dar lugar a un millón cuatrocientas mil fibrillas invisibles. Al ser inhaladas (o ingeridas) pueden terminar clavándose en los alveolos pulmonares o en otras vísceras, dando lugar a graves dolencias futuras, incluido el cáncer. “Aunque hoy en día la exposición (al amianto) puede considerarse universal, -un estudio en New York demuestra que afecta al 60% de la población- todavía se ignora la importancia de todo esto” (3)

Al ser un cancerígeno no se conoce dosis segura, por lo que todos los organismos internacionales de la salud (OMS, Agencia Internacional de la investigación del cáncer- IARC, etc.) recomiendan la dosis cero, es decir la prohibición universal de su extracción, manipulación y uso. “Un solo gramo retenido en los pulmones basta para desencadenar una asbestosis” (4).

Al no ser degradable, es acumulativo. Al no ser visible, resulta muy peligroso. Al tener un alto período de latencia (entre la contaminación y la aparición de la enfermedad pasan entre quince y cuarenta años) hace difícil establecer los nexos de causalidad.

Fruto de estas características, unida a la voluntad decidida de los magnates del amianto de ocultar su letalidad (para lo que desde 1929 han mantenido poderosos lobbys que han logrado ir retrasando su prohibición en distintos países), tenemos el siguiente panorama: más de cien países en donde está permitida su manipulación y uso, y cerca de 300 millones de toneladas de amianto esparcido por todo los rincones del planeta, fuera de su medio natural originario, que es donde resulta inocuo, y susceptibles de generar un envenenamiento universal.

¿Se sabía?
 
En muchos juicios laborales o civiles que actualmente tienen lugar en nuestro país, es corriente oír defenderse a las empresas diciendo que “aplicaron la legalidad vigente”. Algunas sentencias (5) contestan de dos maneras a este argumento: una, que desde la Orden de 31 de enero de 1940 existían medidas legales preventivas a aplicar por parte de la empresas, tanto genéricas como específicas, para trabajos peligrosos, por lo que la deuda de seguridad que tenía contraída la empresa con sus trabajadores no estaba falta de regulación; y otra, que la relación entre el amianto y la asbestosis ya era conocida desde el año 1925 e, igualmente, la relación entre éste y el cáncer de pulmón lo era desde 1955.

Efectivamente, en el orden del saber existe una bibliografía aceptada en el consenso científico, en la que destacan los siguientes hitos:

1889: La señorita Lucy Dean, inspectora de fábrica en el Reino Unido informó que de un examen microcópico de los polvos del mineral se deducía que, en cualquier cantidad, eran perjudiciales para la salud (hasta 1998, cien años después, no se prohibió el amianto en ese país)

1899: El Annual Report of the Chief Inspector of Factories and Workshops inglés, advierte de nuevo de los efectos nocivos de la fibra.

1930: El inspector médico del trabajo británico E. Merewether estableció la relación causal entre la exposición al amianto y la asbestosis (6), lo que llevó al reconocimiento de la misma, en Gran Bretaña, como enfermedad profesional.

1955: Los trabajos de Richard Doll establecen la relación entre la exposición al amianto y el desarrollo del cáncer de pulmón (7)

1960: Los trabajos de Wagner y su equipo (8) establecen la relación entre amianto y mesotelioma y descubren la contaminación ambiental del amianto.

1964 y 1965: los trabajos de Selikoff (9) y su equipo confirman la estrecha relación entre exposición al amianto y el mesotelioma .

1973: El Centro Internacional de Investigación del Cáncer de la OMS clasifica todas las categorías de amianto como cancerígenas (10) , con lo que oficialmente se produce el reconocimiento científico internacional de la carcinogenicidad del amianto.

1980: El informe federal Work Place Exposure to Asbestos (11), publicado por el NIOSH (Instituto de Investigación de Salud y Seguridad Laboral) de EEUU, demuestra que bastan exposiciones muy breves (de un día a tres meses) para que las enfermedades derivadas del amianto aparezca.

1999: Los trabajos de Peto y su equipo (12) predicen que la mortalidad en varios países europeos (Inglaterra, Francia, Alemania, Italia, Países Bajos y Suiza) se situará en torno a 500.000 muertes, desde 1995 a 2029, a causa de la exposición al amianto sufrida con anterioridad.

2009: Tarrés (13) y su equipo estudiaron las enfermedades relacionadas con el amianto de la localidad de Cendanyola y demostraron que el 29% de los pacientes lo era por exposición familiar o ambienta.

En la primera mitad del siglo pasado ya había quedado bien establecida la malignidad de este mineral, por lo que resulta poco creíble en los medios empresariales el alegar ignorancia.

“Como recuerda el profesor Menéndez Navarro, el debate historiográfico en torno a los riesgos del amianto «se ha polarizado en la última década». Lo atribuye a que un grupo de autores, que han contado «con financiación de las empresas del sector» para llevar a cabo las investigaciones, defiende que las medidas llevadas a cabo por las empresas y los gobiernos «estuvieron acordes con el estado de los conocimientos científicos» y éstos «acusan de presentismo a los autores que se han abonado a la presentación del problema como un escándalo de la sociedad industrial», afirma el profesor” (14)

La empresa Uralita
 
La industria del amianto o asbesto en España está caracterizada por la preponderancia de una sola empresa: Uralita SA. Tanta importancia ha tenido en el sector del amianto, que el nombre con que se conoce a este mineral en nuestro país se confunde con el de la propia empresa.

El siguiente cuadro nos permite ver todo el mineral importado en España en el siglo XX (la producción interior ha sido muy escasa.


Los años 1965 a 1995 han sido los de mayor actividad con el amianto, justamente cuando ya todos los trabajos científicos importantes habían sido publicados. Si tomamos el período 1947-1985, los datos que tenemos (15) nos dicen que el 77% de la importación se ha dedicado al sector del fibrocemento, y que en el mismo período más del 50% de la actividad de este sector la ha dominado Uralita. La cuenta redonda nos daría que, en torno al 40% de toda la actividad con amianto, en los años de más producción, ha sido manejada por una sola empresa.

El cuadro de arriba nos permite cuantificar el total histórico del amianto introducido en nuestro país, que viene a ser de más de 2,6 millones de toneladas en cien años (desde 2002 está prohibido). Ese mineral, repartido en tres mil productos, principalmente derivados de fibrocemento (tubos, depósitos, tejados, etc.) está, o bien instalado, o bien en vertederos generalmente incontrolados. De ahí que a pesar de la prohibición su peligrosidad sigue intacta.

En 1907 se creó una empresa, denominada Roviralta, en la ciudad catalana de Cerdanyola, que en 1920 se convirtió en Uralita SA. Desde esa fecha se introduce en España el fibrocemento. En la década de los 50 entra en el accionariado la multinacional Eternit, controlada por las familias suizas y belgas, que dominan el negocio en el mundo. En los años 70 la familia March, con su banca correspondiente, pasa a ser la principal accionista de Uralita. El jefe del clan Juan March, a su muerte en 1962, estaba considerado como la séptima fortuna del mundo. En esa época la producción alcanza sus mayores cotas, llegando a tener más de 5.000 trabajadores todo el grupo. En 1992 el grupo March vende su parte y desde 2002 el grupo Nefinsa SA de la familia Serratosa adquiere el 41% de Uralita. En la actualidad controla el 79%. A partir del 2002 el amianto se prohíbe en España y eso hace que en los informes de Uralita, que se pueden consultar en su web, la palabra y la negra historia del amianto haya desaparecido.

El negocio del amianto, en la medida en que se ha conformado como un oligopolio, ha establecido tradicionalmente muy buenas relaciones con todas las dictaduras. Es el caso del grupo suizo Schmidheiny, que colaboró activamente con el nazismo, el apartheid sudafricano y con la dictadura de Somoza en Nicaragua, dictador del que era socio al 60/40%, en la empresa Nicalit. Y es el caso de Uralita, en que la parte más floreciente de su trayectoria la ha dominado la familia March, de cuyo patriarca Juan March ha dicho J. Fortuny en el periódico Avui, en 2001, que ésta y otras empresas las obtuvo del franquismo como “parte de un botín de guerra” (16), y también se ha dicho que su banca “financió el golpe militar fascista de 1936” (17).

A lo largo del siglo XX, cuatro grupos empresariales (uno norteamericano, dos británicos y uno centroeuropeo) han dominado el negocio de este mineral. Desde 1929 están constituidos en cártel y han controlado precios y competencia, así como las legislaciones e informaciones públicas, por lo que ha sido un sector enormemente lucrativo. Por ello, el beneficio de las industrias de manipulación de amianto ha sido superior a la media de la de la industria de cada país. Por ejemplo, en EEUU en el período 1967-71, la diferencia era entre el 9% de media al 15% en el sector del amianto; en Inglaterra, en 1969, la media del sector amianto era del 12%, etc. (18).

Al respecto, en el caso de España Ángel Cárcoba relata que “el grupo Uralita logró unos resultados netos de 5.612 millones de pesetas durante 1999, un 32,6% más que el año anterior. En este mismo período, varios trabajadores de las factorías de Uralita de Sevilla, Getafe, Alicante y Cerdanyola han muerto sin que se les reconozca que dicha muerte guarda relación con el amianto” (19).

En los años de menor actividad con amianto, hemos recopilado los siguientes datos sobre beneficios:


La geografía del amianto en España:

Hemos contemplado sólo tres tipos de industrias, que comprenden la mayor parte del amianto importado, pero en total el número de empresas que han trabajado con amianto se cifran en más de 1.100, y el número de los trabajadores afectados en más de 235.000 (20).


Como se puede ver la industria del mineral letal ha estado enormemente bien distribuida por toda la geografía nacional. Y aunque sólo hemos ubicado las tres industrias reseñadas, no hay que olvidar la importancia que el uso del amianto tuvo en la industria siderometalúrgica del País Vasco y Navarra, corroborado por el elevado número de víctimas que están aflorando. Las principales fábricas de fibrocemento (el renglón más importante) han sido las siguientes:

La ubicada en Cerdanyola-Ripollet, creada en 1907 y cerrada en 1997; la de Getafe, que ha estado funcionando desde los años 60 a 2001; la San Vicente, en Alicante, desde los años 60 a 2005, que vendió los terrenos con unas plusvalías de 8 millones de euros; la de Valladolid, desde los 60 a 2008, y que vendió los terrenos en 2010; la de Sevilla, desde los años 60 a 1999. Por ella pasaron 2000 empleados, de los cuales la mitad han sido afectados de enfermedades del amianto; vendieron las instalaciones con unas plusvalías de 2.700 millones de ptas; y la de Quart de Poblet (Valencia), que fue comprada por Uralita en 1975 y cerrada en 1984. Pasaron por ella 500 trabajadores que trabajaron con el amianto azul, el más peligroso de todos, sin apenas protección, según cuentan dos antiguos trabajadores.

Asimismo, el testimonio de un trabajador de Uralita de Sevilla es aún más contundente, dice así: “el amianto ha envenenado a trabajadores, familiares y vecinos de las fábricas. En Sevilla, el polvo del amianto salía de Uralita por los extractores y contaminaba los alrededores. Los residuos se transportaban en camiones sin tapar hasta un vertedero a cielo abierto junto al barrio Fuente del rey, donde la gente, ignorante del peligro, se llevaba los restos para reparar los baches de las calles” (21).

Las víctimas del amianto en España (22,23)
 
“El amianto mata”, este es el eslogan que repiten las víctimas y que nos recuerdan insistentemente.

En 1966 el Dr. López Areal afirmaba que “desde el año 1953 nuestro grupo de trabajo de los sanatorios antituberculosos de Bilbao ha diagnosticado las tres cuartas partes de todas las enfermedades asociadas al amianto que se conocen en España. A saber: 35 casos de asbestosis, siete cánceres broncógenos y un mesotelioma pleural” (24). Teniendo en cuenta que los períodos de latencia entre la exposición al amianto y el contraer alguna de las enfermedades relacionadas con el mismo (ERA) son por término medio entre 15 y 40 años, estos primeros datos de víctimas corresponden a las industrias de los años 30 y 40 del pasado siglo. Hay que tener presente siempre que los datos de enfermos han estado siempre (y lo siguen estando) infrarregistrados (25). En eso ha consistido la conspiración del silencio: en mantener en la ignorancia a los trabajadores y a los ciudadanos; para ello las autoridades sanitarias (INSS) y las Mutuas Patronales de de Accidentes han tratado de quitar el carácter profesional a este tipo de enfermedades y las empresas, igualmente, han estado muy interesadas en ocultar esta causalidad por razones de costes (indemnizaciones, medidas de seguridad, controles y, en última instancia, reducción del uso del mineral hasta llegar a la prohibición total, cosa que ha terminado ocurriendo).

Como los años de mayor importación y actividad industrial han sido, justamente, a partir de los 60 del pasado siglo y hasta 2002, fecha de la prohibición, se espera el mayor número de víctimas a partir del pasado 2000 hasta el 2030, fecha en que empezarán a disminuir en nuestro país, no en aquellos países que aún que sigue permitido. El siguiente cuadro nos da una previsión aproximada.


Un total de unas 80.000 víctimas españolas en toda su historia, de las cuales más de la mitad están por llegar.

En un estudio editado por las federaciones sindicales de CCOO, UGT y los servicios de prevención de Mapfre (26), en 2008, se pronosticaban en más de 30.000 trabajadores los que morirán hasta 2030 de cáncer, debido al contacto con el amianto. Cifras parecidas a las arriba calculadas.

Además de las muertes, muchos de los expuestos sufren penosas enfermedades y humillantes situaciones luchando con los organismos de la Seguridad Social, con las Mutuas de Accidentes y en los juzgados reclamando sus derechos. En muchos casos no llegan a tiempo y son las viudas e hijos las que terminan obteniendo parte del resarcimiento que se les debe. Pero como dicen los familiares de los afectados “no hay dinero que pueda pagar este sufrimiento”.

Las víctimas, desde hace unos diez años, se están agrupando en asociaciones, para dar información, apoyarse mutuamente y exigir justicia, y hoy día las hay en toda la geografía nacional. Como culminación de este proceso organizativo, el pasado mes de Mayo, en Getafe, se constituyó la Federación estatal de asociaciones de víctimas y afectados del amianto. Junto a estas asociaciones trabajan también los sindicatos, especialmente CCOO, despachos de abogados entre los que destaca El Colec-tiu Ronda que viene defendiendo desde hace décadas a los afectados de Cerdanyola y Ripollet, el bufete Irwing Mirchel, médicos, investigadores, cineastas y ecologistas, entre otros. Y los propios enfermos dan un gran ejemplo de dignidad, manteniendo las organizaciones y siendo los más destacados, a veces con pocas fuerzas, en la lucha por la justicia que, sobre todo, reclaman.

Hará falta un gran esfuerzo de todos los colectivos concernidos estos próximos años, según podemos ver ante el panorama que se nos presenta.

La situación legal y las reclamaciones judiciales
 
Sobre la cobertura legal específica del amianto, hay que destacar lo siguiente:

Que desde la Orden arriba mencionada, de 1940, esta actividad industrial ya era objeto de especial regulación; que en sucesivas disposiciones las enfermedades que se derivan de la exposición al mineral están calificadas como profesionales e incluidas en el cuadro correspondiente; que por la Orden de 7 de diciembre de 2001 se prohibía la comercialización y utilización de todo los tipos de amianto; que los trabajos con riesgo de amianto están perfectamente regulados por el decreto 396/2006, en donde se establecían las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con el mineral. Además, dichas normas han sido completadas y vueltas más exigentes con la Directiva 2009/148/CEE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo. Para no dejar excusas a las empresas sobre falta de regulación, una reciente sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo social, de 18 de junio de 2011, describía hasta 18 disposiciones que se referían a “trabajos con amianto”, abarcando el período de 1940 a 1987. Además se cuenta con las disposiciones ad hoc de la ley general de la Seguridad Social, los artículos del Código Civil relativos a resarcimientos y los del Código Penal relativos a penas por daños.

La regulación de la concentración de amianto en el aire, en los lugares de trabajo, ha experimentado unos cambios enormes. En 1961, el Decreto que aprueba el reglamento de actividades molestas, insalubres y peligrosas, estableció como valor máximo el de 175 fibras por cm 3. La Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo reconoce que “si bien no se ha podido determinar el nivel por debajo del cual la exposición al amianto no entraña riesgo de cáncer, es oportuno reducir al mínimo la exposición de los trabajadores al amianto” (considerando 11), y por ello fijan como valor máximo de exposición, para un peróodo de 8 horas, 0,1 fibras por cm3 como una media ponderada en ese tiempo. Los valores máximos “permitidos” han disminuido en 1.750 veces!

En este panorama legalmente completado, hay que señalar algunos problemas.

Uno, es la propia Orden de diciembre de 2001 por la que se prohíbe el amianto en España. Ha dejado en el limbo el amianto instalado sine die. Se dice en la Orden “hasta su eliminación o el fin de su vida útil”. Al ser eterno, se necesitará una política activa de desamiantado, o seguirá cobrándose nuevas víctimas.

El otro problema es la falta de aplicación de muchas de las normas en vigor, especialmente las relativas a trabajos de desamiantado y la que obliga a las empresas a inscribirse en el RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto), desde 1984. En el primer caso, se sigue exponiendo a trabajadores y a la población a los riesgos del amianto y en el segundo se dificulta la defensa jurídica de los trabajadores o el necesario seguimiento médico de los mismos, si las empresas no figuran en el RERA.

El panorama judicial hay que encuadrarlo en la situación de los querellantes que, o son enfermos por el amianto, o familiares con todo el peso del dolor por la enfermedad y muerte de sus allegados. Dicen las víctimas que los asuntos judiciales andan por los juzgados entre cuatro o cinco años, lo que convierte en un nuevo suplicio a añadir al que ya traen en sus carnes. Para evitar este calvario, las asociaciones reclaman un fondo nacional indemnizatorio, como ya existe en otros países como Francia y EEUU, que pueda evitar en parte las penalidades actuales. Este fondo no implicaría la renuncia a formular demandas judiciales con otras reclamaciones, ni que la Administración, por vías legales, pudiese resarcirse del desembolso efectuado, pero ya sería el Estado el que pleiteara y no las víctimas, como es el caso de Italia.

Y también nos movemos en un contexto político en el que ninguno de los responsables últimos (propietarios y accionistas de las empresas: Eternit, Uralita, etc.) han pagado penalmente, siendo así que hablamos en España de 80.000 muertos y todos sus sufrimientos, y en el mundo de más de 10 millones… Y las cifras continúan. Como dice Vicent Navarro “nunca, ningún empresario de Uralita ha ido a la cárcel. Mientras los trabajadores todavía están intentando que los tribunales fuercen a Uralita a pagar indemnizaciones a los afectados por asbestosis… y cuando las consiguieron las cantidades eran claramente insuficientes”.

Los asuntos que se discuten en los distintos juzgados (social, civil, penal, contencioso), y en las distintas instancias, tienen que ver con tres reclamaciones principalmente: la declaración de la enfermedad como profesional, el recargo de las prestaciones, y las indemnizaciones por los daños y perjuicios, tanto físicos como morales. En contadas ocasiones se formulan querellas criminales. Un caso en que sí se ha llevado a cabo es el realizado contra la Unión Naval de Valencia SA, en una querella presentada por los representantes de 20 fallecidos y 51 lesionados por el amianto. La Audiencia Provincial, en septiembre de 2009, dictó una sentencia condenatoria contra el representante legal de la empresa y tres jefes de seguridad laboral. Las peticiones iniciales del fiscal de 34 y 54 años de prisión; por acuerdo, se redujeron a menos de 2 años, para evitar el ingreso en prisión y a una indemnización global de 11 millones de euros para todos los demandantes.

Como después de esta sentencia han fallecido 19 personas más, de nuevo se ha presentado una querella que ha sido archivada por considerar la jueza de turno que los hechos ya habían sido juzgados. La Asociación para la Defensa de las Victimas del amianto de la región ha iniciado una serie de concentraciones en los juzgados, desde el pasado mes de mayo, para pedir que estas muertes “no queden impunes”.

La Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (ASVIAMIE), por ejemplo, de 83 demandas presentadas ha conseguido en 58 de ellas el reconocimiento como enfermedad profesional, en 11 que se dicte un recargo sobre las prestaciones, y en 17 indemnizaciones por daños y perjuicios. Han comprobado que gran parte de las empresas con afectados por el amianto no estaban inscritas en el RERA, de obligado cumplimiento, por lo que ocultan a las autoridades sanitarias que sus trabajadores/as estaban expuestos a este mineral. Como dijimos eso los perjudica porque no se les está haciendo un seguimiento adecuado de acuerdo con el Programa de Vigilancia de la Salud establecido.

Las indemnizaciones suelen ser insuficientes. Oscilan entre 40.000 y 200.000 € por fallecimiento, siendo la media en torno a 100.000 € (27). En EEUU e Italia, por ejemplo, las indemnizaciones que se discuten en los juzgados por los mismos daños giran en torno al millón de euros.

Hay que destacar cómo le va a Uralita en los litigios con sus antiguos empleados, habida cuenta de que como hemos visto era la empresa oligopolística en los años más florecientes. Pues bien, en un resumen de sentencias analizadas (28) que corresponden al intervalo de 1996 a 2004, se observa que de las 63 demandas estudiadas, 32 corresponden a sólo dos empresas (21 a Uralita y 11 a CAF). Los resultados son claramente diferentes: en Uralita sólo dos decisiones judiciales han sido favorables a los demandantes (6.25% del total) y en las relativas a CAF, al contrario, sólo una resolución ha sido a favor de la empresa demandada (10 a favor de los demandantes, o sea el 31.2% del total). Del total de las 63 sentencias contempladas, el 50% han sido estimadas. En otro trabajo de Azagra (29) en el que se estudian 115 Resoluciones judiciales, que abarcan el período que va desde enero de 1996 a julio de 2008, sólo el 39% de las demandas presentadas han sido estimadas a favor de los demandantes, en segundas instancias. De modo que la situación en los juzgados, hasta ahora, ha sido muy desfavorable para las víctimas. Hay que añadir, pues, al sufrimiento de la enfermedad y la muerte, los años de juzgados y, en muchos casos como hemos visto, la pérdida de sus derechos en esos juzgados.

Pero las cosas empiezan a cambiar. A título de ilustración mencionaremos algunas sentencias recientes muy prometedoras para las víctimas. Una de ellas es la ya mencionada del Tribunal Supremo del pasado 18 de junio, por la que las empresas no pueden alegar falta de regulación en sus actuaciones pasadas, al menos desde 1940.


 Es muy significativa también la sentencia del Tribunal Supremo, de julio de 2010, ratificando una del Juzgado Social nº 1 de Zaragoza, de 28 de julio de 2008, contra la empresa CAF por el fallecimiento de un obrero a causa del amianto. En ella reconoce al trabajador fallecido la incapacidad de “disfrutar de la vida”. Este matiz ha dado lugar a una indemnización mucho mayor que en casos anteriores. Concretamente para esta reclamación se han fijado 427.000 euros como reparación, la de máxima cuantía de todas las habidas hasta ahora en España.

Otro caso de especial relevancia es la sentencia de 14 de octubre de 2009, dictaba por el Juez de primera instancia de Madrid contra Uralita, por la demanda interpuesta por trabajadores o familiares de la fábrica de Getafe (unos 62 demandantes), que es estimada parcialmente por el juez y en total se condena al empresa a indemnizaciones por valor de unos dos millones setecientos mil mil euros (2.700.000 €). Es muy interesante la sentencia en la que hay que destacar tres aspectos adicionales al fallo: uno el que tomando los criterios de la sentencia el Supremo de 29 de octubre de 2010, dice que “no basta con el cumplimiento de reglamentos y demás disposiciones legales… pues si estas medidas no han ofrecido resultado positivo se revela su insuficiencia”. Otro, que para fijar las indemnizaciones el baremo de accidentes de tráfico es indicativo y que lo que en realidad cuenta es “la fijación de una indemnización adecuada y justa que resarza al perjudicado del daño sufrido”. Y el tercer punto es que por primera vez se reconocen judicialmente derechos a los afectados medioambientales, a familiares y vecinos que no habían trabajado en la empresa y sin embargo debían su enfermedad al amianto.

Se han abierto también las demandas contra empresas norteamericanas que fabricaban productos aislantes, que posteriormente eran incorporaban a barcos que se reparaban en España. Es el caso de la demanda interpuesta contra 22 compañías americanas por un trabajador de los astilleros Bazán, en Cartagena, enfermo de cáncer a causa del amianto. La demanda interpuesta en New York en 2009 sigue su curso. Los abogados señalan que en procesos similares en aquel país las indemnizaciones pueden llegar a los dos millones de dólares. Este tipo de demandas no es incompatible con otras que pudiesen ponerse en territorio español.

El caso de Cerdanyola ha sido, quizá el más llamativo. Ha tenido lugar con la sentencia del Juzgado de 1ª instancia nº 46 de Madrid, del pasado 5 de julio de 2010. Se condena a Uralita SA a indemnizar a 45 vecinos de la ciudad por daños procedentes de exposiciones domésticas o ambientales, y con una indemnización importante: 3.918.594 €; en una demanda acumulada de 47 afectados o sus familiares. Muchas de las enfermedades correspondían a afecciones benignas. Está pendiente de instancias superiores, a las que Uralita ha recurrido.

Lo importante de la sentencia es la cantidad y la consideración del daño moral. La sentencia sigue, en buena medida, la jurisprudencia civil del Tribunal Supremo, que no exige la concurrencia de un daño personal para indemnizar el daño moral. El sufrimiento o padecimiento psíquico es, pues, suficiente para fundamentar una reclamación de indemnización. E igualmente, en la sentencia se razona que no han de aplicarse mecánicamente los baremos que venían haciendo los juzgados relativos a las cantidades que se fijan que provienen de las responsabilidades de los seguros de circulación de Algún tratadista (30) ha cuestionado la pertinencia de esta sentencia, porque considera que “abre las puertas de la litigación a centenares de nuevos demandantes, incluidos algunos con pretensiones de mérito dudoso (…) Las víctimas futuras de enfermedades graves como la asbestosis, el cáncer de pulmón o el mesotelioma pueden ser las grandes perjudicadas”. Y puede ocurrir como en EEUU en donde las litigaciones alcanzan las siguientes cifras hasta 2002: 730.000 demandas, 8.400 demandados, 70.000 millones de dólares en indemnizaciones y 37 empresas declaradas en quiebra como consecuencia (31). En la actualidad estas cifras han aumentado.

Eso puede llegar a pasar, pero el daño moral y político que las industrias del amianto han hecho en el mundo ha de reparase, y ha de hacerse ejemplarmente para impedir otro genocidio como este al que estamos asistiendo. En el caso de Uralita, ya hemos visto los suculentos beneficios que han obtenido, por lo que podemos hablar, al igual que con las deudas de los pobres, de “beneficios odiosos” e ilegítimos.
La situación ha cambiado. Basta recordar lo que el despacho de abogados, el Colec-tiu Ronda, cuenta (32); dicen que: “en 1980 ganaron la primera sentencia contra Uralita. El desaparecido Tribunal Central del Trabajo revocó la sentencia. No por eso cejaron en el empeño. Pero todas las sentencias fueron desestimadas o revocadas por los Tribunales hasta llegar a la de S.M.en el año 2007”.

Hace muy pocos días, se ha producido otro acontecimiento judicial esperanzador: un juzgado de lo social en Sabadell ha admitido a trámite un jucio por esta vía, por una demanda interpuesta por los familiares de una mujer fallecida, de 40 años, que contrajo mesotelioma porque durante su adolescencia convivió cinco años con su tío, un operario de Uralita, y ella era la encargada de lavar su ropa del trabajo. Como la casa estaba a tres kilómetros de la fábrica, lo más seguro que el cáncer lo contrajera por esta actividad doméstica. Al poder considerarse la misma como actividad laboral, es por lo que ha sido admitida a trámite por el juzgado. Se trataría además, caso de prosperar, de un reconocimiento de la actividad doméstica como laboral y con sus mismos derechos.

Los juicios laborales son más rápidos y mucho más económicos, por lo que de abrirse esta vía muchas víctimas saldrían beneficidas. La familia pide una indemnización de 806.000 euros.

El desamiantado
 
Ya hemos visto cómo la Orden de prohibición general el amianto de 2001 dejaba en el limbo la uralita instalada para la eternidad, si no es que se ejerza una presión social suficiente para proceder a un desamiantado controlado y prioritario, empezando por los cientos miles de kilómetros de tuberías de aguas potables, muchas de ellas de crocidolita o amianto azul, el más nocivo de todos los asbestos conocido. Recordemos que de los cancerígenos de tipo 1 (los seguros) según la OMS no se puede predicar dosis segura, y que las fibrillas que ingerimos o inhalamos se acumulan si no son expulsadas del organismo, y que por tanto, los más vulnerables son los niños a los que la enfermedad puede emerger más temprano.

Pero el desamiantado es no sólo una cuestión política sino económica. Vale mucho dinero hacerlo en condiciones de seguridad y tener los restos en vertederos controlados por siempre, como los residuos nucleares. Por ejemplo en el caso de Suecia llevan 18 años en la tarea y necesitan diez más para terminar la obra, tratándose de 300.000 tm, el 10% de lo existente en España.

Habrá que exigir, una vez más, a los responsables que contribuyan a la limpieza de los que han contaminado, según el principio del que “contamina paga”. No tiene sentido que las multinacionales del amianto se dediquen a montar fundaciones filantrópicas, con los ingentes beneficios obtenidos, mientras millones de personas siguen expuestas al mineral ¿por qué van a pagar los vecinos de Cerdanyola y Ripollet con sus impuestos la limpieza de su ciudad, por amianto esparcido por sus calles durante decenas de años? Este mismo verano ha de gastarse el pueblo unos 270.000 € para sellar el amianto vertido en un patio escolar (33), y es ya el cuarto que se desamianta.

Un Tribunal Penal Internacional no sólo debería juzgar los presuntos crímenes del amianto sino también exigir las reparaciones pertinentes.

El genocidio del amianto no debe quedar impune en ninguna de sus dimensiones, como ejemplarmente se está viendo en el macrojuicio de Turín.

El filantrocapitalismo pulvígeno
 
Esta propuesta de epígrafe que resulta extraña no lo es, una vez nos adentremos en el asunto. Resulta que uno de los magnates del amianto más importantes del mundo, Sthephan Schmidheiny de la multinacional Eternit, ha puesto pies en “polvorosa” y huye, precisamemnte, del polvo del amianto.

La huida no es sólo a los paraísos fiscales sino hacia fundaciones filantrópicas, con las que pretende varias cosas, pero una de ellas muy relevante: hacerse pasar por un benefactor de la humanidad, él que tiene en sus espaldas tantas presuntos crímenes. Para ello ha constituido una fundación llamada AVINA, con la que financia socios-líderes, cooptados de los movimientos sociales y ONGs de España y Latinoamérica. Como paga, apoya, conecta y da prestigio tiene cierta facilidad para seleccionar para sus filas líderes presuntamente prestigiosos.

En el caso de España ha tenido cierto éxito y ha cooptado a líderes de organizaciones de prestigio del agua, las semillas, la universidad paralela, las plataformas rurales, los movimientos ambientalistas, etc.

Esta manera de interferir en los movimientos sociales, genera divisiones entre los activistas de base de los movimientos que obviamente no ven con buenos ojos esta connivencia (y colaboracionismo) con el polvo asesino y con el gran capital.

Como no tienen remedio, quieren seguir haciendo negocios, esta vez con los pobres, de los que dicen que son cuatro mil millones de posibles clientes. Para ello utilizan la estrategia de aliarse con otra fundación llamada Ashoka (recientemente nominada premio Príncipe de Asturias) de clara pertenencia al gran capital y a la gran banca americana (concretamente a la JP Morgan, la empresa más grande del mundo). En acuerdo con ella realizan la estrategia de los llamados negocios híbridos que consisten en juntar a los “emprendedores” sociales (léase líderes de movimientos) con las multinacionales para hacer negocio con los pobres. Es el caso de los negocios que traen con la Fundación Bill y Melinda Gates que, vía Monsanto, pretende llevar las plantas transgénicas al África (programa Agra). O con la multinacional Danone con la que pretender llevar yogures casa por casa a los más pobres, ayudados por otros pobres, o el de la banca Grameen de cuyos resultados con los microcréditos en Bangladesh dio buena cuenta un programa reciente de la televisión pública (una verdadera extorsión, disfrazada de beneficiencia, según el documental).

El filantrocapitalismo pulvígeno es, pues, la búsqueda de legitimidad por parte de los magnates del amianto, para que no prospere contra ellos un juicio penal por presunto genocidio.

En el caso de España, Uralita en su memoria del 2004, dicen tener “obsesión por los resultados (y por tanto dicen que) debemos alinearnos con el objetivo de maximación de valor para nuestros accionistas (ahora bien) sabemos que el capital humano es la pieza angular para hacer de Uralita un grupo líder (por ello) valoramos la contribución de las personas en función de su encaje con nuestras creencias y la consecución de objetivos (los de más arriba)”.

Sus buenas intenciones quedan claras con la siguiente noticia de Europa Press, del 26 de enero de 2009: “Uralita enseña a niños (menores de seis años) de 10 países europeos a ”respetar la naturaleza” y entender el cambio climático”. A tal fin se han regalado unos “kits” con material educativo que se ha distribuido por escuelas, jardines de infancia, residencias y hospitales. La noticia no especifica si previamente estos centros para niños habían sido desamiantados.

Algunos asuntos pendientes
 
De manera no exhaustiva, diríamos que los grandes temas pendientes en nuestro país, relativos a esta trágica historia son los siguientes:

1) La atención especial a los afectados y a las víctimas, al igual que se hace con otros damnificados especiales como son los del terrorismo. Aquí hay que apoyar un Fondo de Compensación, al igual del que ya existe en otros países, para paliar los sufrimientos de las víctimas por el paso por administraciones y juzgados antes de que se les reconozcan sus derechos. Este Fondo no debería hacer renunciar a los afectados sus derechos a litigar en las instancias que consideren, para obtener justicia.

2) La mejora de los registros ya establecidos como el de empresas con riesgo de amianto (RERA), que son incompletos y no tienen apenas registros históricos. La relación completa de trabajadores expuestos para poder atenderlos desde el Programa de Vigilancia de la Salud establecido. El registro de edificios públicos y privados con amianto, así como instalaciones de especial interés como guarderías, colegios, hospitales instalaciones de agua, etc., para darles prioridad de desamiantización. Un registro nacional de mesoteliomas (34) para trabajos epidemiológicos y de atención (que ya existe entre los profesionales pero sin carácter oficial).

3) Un programa a corto y largo plazo de desamiantado del país, como se hace en Suecia y en otros países.

4) La prohibición de exportar residuos con amianto a otros países, normalmente empobrecidos, especialmente el desguace de barcos con destino a la India (tomamos prestado este alegato de Ángel Cárcoba para denunciar la situación. Dice así (35): “Yo acuso a los responsables de operaciones transfronterizas de transferir el riesgo a países sin normas, expandiendo la epidemia de cáncer a continentes enteros. Unas 700 naves de guerra y 4.500 buques de la marina mercante repletos de amianto y otros agentes tóxicos son desguazados en el sudeste asiático. Una de cada seis personas que trabajan en Alang (India) padece asbestosis. El 36% del tonelaje naviero mundial es propiedad de compañías domiciliadas en la Unión Europea. Francia y España juegan un papel importante en la transferencia de riesgos a terceros países sin normas”).

5) La solidaridad con los países en los que aún el amianto no está prohibido el amianto en todas sus formas, en el sentido de conseguir la prohibición universal en todo el mundo. Que además evitaría a los que sí lo tienen prohibido ser contaminados por vías de contaminación de cargas, ocultación, etc.

6) La formación de un Tribunal Penal Laboral Internacional para juzgar el presunto genocidio del amianto en el mundo, al menos con carácter moral.

7) A la vista de la tragedia del amianto, aplicar con rigor el principio de precaución a otros materiales que vienen y que pueden tener características parecidas al amianto, especialmente los derivados de las nanotecnología, o de fibras cerámicas refractarias de determinadas dimensiones, de carácter cancerígenas.

Conclusión
 
Una coalición de afectados, víctimas, familiares, vecinos, sindicatos, profesionales de la salud, ecologistas, universitarios, artistas, periodistas, etc. ha de afrontar las enormes tareas que quedan pendientes: hacer justicia a las víctimas y no dejar impune este genocidio. www.ecoportal.net
 
Autores: Ángel Cárcoba, fundador de la salud laboral en CCOO y activista internacional por la prohibición del amianto. Autor de diversas publicaciones. Francisco Báez, estudioso y activista del tema. Ex miembro de la Comisión Nacional del amianto. Paco Puche, ecologista y economista

Octubre, 2011
 
Notas y referencias:
 
(1) Baez Baquet, F. y Cárcoba, A. (de próxima publicación), Amianto: un genocidio impune.

(2) El País, 23.07.2010, “Calles de Cerdanyola aún tienen restos de amianto sin tratar”.

(3) Atienza, S. (2008), La fibra asesina. El amianto, Col-lectiu Ronda, p.68.

(4) Congregado Córdoba, J. (1985) “Informe pericial sobre el amianto”, Sevilla.

(5) Sentencia del Juzgado de lo Social nº 8 de Sevilla, Procedimiento 381/2003.

(6) Menéndez Navarro, A (2007), “ Alice-A fight for life” (1982) y la percepción pública de los riesgos laborales del amianto” revista de Medicina y Cine, vol.3, nº2, abril.

(7) Doll, R. (1955), "Mortality from lung cancer in asbestos workers," Brit. J. Ind. Med., 12:81-86.

(8) Wagner JC, Sleggs CA, Marchand P. (1960)“Diffuse pleural mesothelioma and asbestos exposure in the nothwestern Cape Province”. Br J In Med ; 7: 260.

(9) Selikoff,I., Churh, J. y Hammmond, E. (1964), “Asbestos exposure and neoplasia”, (JAMA). Vol 188 nº1:142:146.

(10) En Sentencia del T.S.J. Asturias 46/2011, de 7 de enero, p.8.

(11) En Navarro, V. y otros (1983), “El silencio sobre el amianto, una herencia letal”, El País, 30.11.

(12) Peto J, Decarli A, La Vechia C, Levi F, Negri E, (1999) “The European mesothelioma epidemic” Br J Cancer, Feb 79 (3-4): 666:672.

(13) Tarrés, J. y otros (2009), “Enfermedad por amianto en una población próxima a una fábrica de fibrocemento”, Archivos de Bronconeumología,45(9):429-434, 6 de junio.

(14) Basterra, J. (2011), “Más de 190 sentencias del Supremo por casos de amianto en 14 años”, en Gara, 31.07.11.

(15) Informe de la Fundación para la prevención de riesgos laborales, CCOO, Dic. 2001.

(16) Atienza, S. (2008), o.c. p 30.

(17) Navarro, V. (2010),” Los grandes grupos empresariales y financieros durante la dictadura, El Plural, 8 de junio.

(18) CEDOS (1978), El amianto mata. Salud y trabajo: el dossier Uralita, p.16

(19) Cárcoba, A. (2000), El amianto en España, CCOO, ediciones GPS, p.11.

(20) Cárcoba, A. (2008), “ El amianto en España: diagnóstico y alternativas”, Universidad de Cantabria, curso de verano sobre “Impacto del amianto en la salud y el medio ambiente”, julio 2008.

(21) Jiménez Ortega, F (2011), “El rastro `negro´ del amianto en Sevilla”, Diariodesevilla, 7 de febrero.

(22) Un documental imprescindible es el titulado “La Plaza de la Música”, dirigido por Juanmi Gutiérrez, de 2010 y que se puede bajar libre de licencia desde: www.vimeo.com/zazpiterdi/plazadelamusica.

(23) Unas de las historias más ilustrativas de los estragos de la industria de amianto se puede leer en: Rossi, G. (2010), La lana de la salamandra, Ediciones GPS.

(24) Cárcoba, A. (2000) o.c. p. 21.

(25) Según la Comisión de salud y Seguridad dependiente del Ministerio de Sanidad, hay una subestimación del 70% de las empresas que han utilizado amianto durante los últimos 40 años.

(26) Mapfre (2008) “Análisis retrospectivo de la exposición de los trabajadores del sector naval al amianto…”, en pdf.

(27) Alcaraz de la Torre, B. (2010), “Amianto y acción de daños y perjuicios. Reseña de doctrina judicial”, Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO, Mayo.

(28) En CCOO Andalucía (2007), Amianto: impactos sobre la salud y el medio ambiente, Azagra, A, y Gili, M “Guia InDret de jurisprudencia sobre responsabilidad civil por daños con amianto”pp 108-122.

(29) Azagra, A. (2008), “Compensación e las víctimas del amianto en España”, en Gestíon de Riesgos, Boletín nº 102, de la Fundación Mapfre.

(30) Azagra, A. (2010), Hacia una litigación sin horizontes: agregación procesal, exposición no ocupacional al amianto y placas pleurales. Comentario a la SJPI núm. 46 de Madrid, de 5 de julio de 2010, del Magistrado-Juez Javier Sánchez Beltrán.

(31) Roselli, M. (2010), La mentira del amianto. Fortunas y delitos, Ediciones del Genal, p.187.

(32) Atienza,S. (2008), o.c. p. 77.

(33) www.elmundo.es 4/08//2011.

(34) La Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo actualmente lo prescribe ( art.21).

(35) Cárcoba, A, (2008), “Yo acuso”, Departamento de salud laboral de CCOO.
Fuente: ECO PORTAL.net

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Forges