El 20 de abril de 2011, el Consejo de Ministros, modificó el régimen de la deducción por obras de mejora en la vivienda, aplicable en sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el fin de incentivar la actividad en el sector de las reformas, y así, promover el empleo en un sector especialmente dañado por la crisis actual, dotando de un mayor contenido económico a la citada deducción.
Jordi Rovira, AGM Abogados. |
Las modificaciones más importantes se centran en diversos aspectos:
a) Incremento del tipo de la deducción que pasa a ser del 20% (antes 10%) de las cantidades invertidas en obras de reparación;
b) Incremento de la base de deducción, que se corresponde con el importe máximo de las obras, que ahora es de 6.750,00€ (anteriormente limitado a 4.000,00€). Siendo, como consecuencia, el máximo importe de deducción aplicable de 1.350,00€, en vez de los 400,00€ del año 2010.
Por otra parte, se amplía considerablemente el número de contribuyentes que pueden ahora aplicar esta deducción. Con la presente reforma, aquellos contribuyentes que tengan una base imponible igual o inferior a 53.007,20€ podrán beneficiarse de la totalidad de la deducción, mientras que para los contribuyentes con una base imponible entre 53.007,20€ y 71.007,20€ la aplicación de la deducción es rebajada de forma proporcional, y se excluye si la base supera el anterior límite máximo. Además, se aumenta el límite plurianual máximo que se sitúa en 20.000,00€ (antes 12.000,00€).
Es muy importante destacar que las obras de reparación podrán realizarse en cualquier vivienda, sin ser necesariamente sobre la vivienda habitual, como se exigía anteriormente.
Cabe recordar que el límite temporal de la deducción es el 31 de diciembre de 2012, y para obras que mejoren la habitabilidad de la vivienda (eficiencia energética o del uso del agua; mejora accesibilidad; instalación de infraestructuras para el acceso a internet o la tdt).
Finalmente, la aplicación de la deducción requiere de la factura correspondiente, y que se haga uso de medios de uno de los siguientes medios de pago: la tarjeta de crédito/débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito.
Aspectos más importantes de la reforma:
IRPF 2010
Deducción 10%
Base máxima deducción 4.000,00€
Deducción máxima 400,00€€
Contribuyente con B.I. < 53.007,02
Límite plurianual máximo 12.000,00€
Solo la vivienda habitual
Pago obras por transferencia o cheque
Obras mejora vivienda hasta 31/12/2012
Deducción 10%
Base máxima deducción 4.000,00€
Deducción máxima 400,00€€
Contribuyente con B.I. < 53.007,02
Límite plurianual máximo 12.000,00€
Solo la vivienda habitual
Pago obras por transferencia o cheque
Obras mejora vivienda hasta 31/12/2012
IRPF 2011
Deducción 20%
Base máxima deducción 6.750,00€
Deducción máxima 1.350,00€
Contribuyentes con B.I. < 71.007,20€
Límite plurianual máximo 20.000,00€
Toda clase de viviendas, no jardines, parkings o locales
Pago obras por transferencia o cheque
Obras mejora vivienda hasta 31/12/2012
Deducción 20%
Base máxima deducción 6.750,00€
Deducción máxima 1.350,00€
Contribuyentes con B.I. < 71.007,20€
Límite plurianual máximo 20.000,00€
Toda clase de viviendas, no jardines, parkings o locales
Pago obras por transferencia o cheque
Obras mejora vivienda hasta 31/12/2012
Fuente: Expansión.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario