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sábado, 4 de mayo de 2013

El Gobierno aprueba la 'despolitización' en las cajas de ahorros

Afecta a La Caixa, Kutxabank y Unicaja

El Consejo de Ministros aprueba la ley que obligará a las entidades de ahorros a no tener negocio fuera de sus autonomías y a facilitar créditos a empresas y a particulares

El Gobierno aprueba la 'despolitización' en las cajas de ahorros
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos. Efe / J. J. guillén
David Martínez
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Barcelona

El Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de ley que obligará a las cajas de ahorros de toda España -y que se han visto o nacionalizadas o reducidas por los distintos procesos de reestructuración- a volver a su modelo de negocio de los años noventa y anterior a la crisis económica.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la nueva Ley de Cajas, que pretende profesionalizar la gestión de estas entidades y, además, imponer que las fundaciones sean propietarias de los bancos.

Las principales medidas de reforma de esta ley se basarán, por una parte, en limitar a los cargos políticos no especializados de los órganos de gestión de las cajas de ahorros, es decir profesionalizar éstos órganos para evitar el intrusismo y el control que han ejercido en los últimos veinte años los partidos políticos. Y, por otra parte, se impone que las cajas de ahorros centren su negocio en su territorio -Comunidad Autónoma- y vuelvan a tener como prioridad del mismo a las pequeñas y medianas empresas y a sus pequeños clientes (familias). 

"Se parte de un principio fundamental: nunca deberían haber abandonado su actividad inicial, para volver a un modelo tradicional de cajas de ahorros que se desvió y está en la base de los problemas de nacionalizacioón y de intervención del sistema de cajas español", ha asegurado el ministro de Economía Luis de Guindos en la comparecencia que ha seguido en directo La vanguardia.com.

"Las cajas de ahorros deben ajustarse a su territorio: ayudar a las pymes, a los ahorradores y que se centren a facilitar el crédito en su territorio para permitir el desarrollo del ahorro y evitar la intrusión. Vuelta al modelo tradicional de las cajas: limitación material y territorial y no pueden llevar su actividad más allá de una comunidad autónoma", ha añadido Guindos.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Cajas y Fundaciones Bancarias para su remisión posterior al Consejo de Estado.

Este acuerdo implica por parte española la aprobación de un nuevo marco jurídico para clarificar el papel del sector de cajas de ahorros como accionistas de bancos, el reforzamiento de las normas de buen gobierno corporativo y los requisitos de incompatibilidad tanto en las cajas como en los bancos controlados por ellas.

Esta norma se inscribe dentro del Programa Nacional de Reformas que el Gobierno aprobó la pasada semana.

La nueva legislación sobre las cajas de ahorros tiene como objetivo avanzar en el proceso de saneamiento y recapitalización del sector financiero, como base imprescindible para la vuelta al crecimiento económico y la creación de empleo. Supone, por otro lado, avanzar en el cumplimiento por parte de España del calendario acordado con la UE.

Respecto de las cajas de ahorros, el Anteproyecto de Ley supone una vuelta a los límites originales de estas instituciones en lo referido a su actividad financiera, que se centrará en el tramo minorista y en su ámbito territorial de actuación.

Si se exceden dichos límites, las cajas han de traspasar su actividad financiera a un banco que será participado por una fundación bancaria. Los límites son la vinculación explícita de la actividad financiera de las cajas con los clientes minoristas y las pequeñas y medianas empresas.

Las cajas no podrán dedicarse a otras actividades financieras complejas. Y territorial: el ámbito de actuación de las cajas de ahorros no podrá exceder el de una Comunidad Autónoma o de diez provincias limítrofes.

La norma establece que las cajas de ahorros no podrán tener un activo superior a los 10.000 millones de euros o una cuota de depósitos por encima del 35% de los de la Comunidad Autónoma en la que operen.

Se introduce además una nueva regulación de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que afecta a la asamblea general, la comisión de control y el consejo de administración.

Se mantiene la comisión de control porque las cajas carecen de accionistas y es preciso por tanto regular un mecanismo electoral para constituir la asamblea general. La comisión de control velará por el buen funcionamiento de ese procedimiento electoral y por la obra social de la caja, entre otras funciones relativas al funcionamiento del consejo de administración. Se ha suprimido la figura del director general.

Se establece un sistema electoral por virtud del cual se pretenden conseguir dos objetivos fundamentales: evitar el control político de las cajas y atribuir dicho control a los principales interesados, los impositores o depositantes.

- La asamblea general incluirá la representación de los depositantes, la voluntad fundacional de la caja y los destinatarios de la obra social.

- El número de consejeros generales estará comprendido entre 30 y 150. El mandato será de entre 4 y 6 años.

- Se atribuye una representatividad a los impositores de entre el 50% y el 60% de los consejeros generales. Las Administraciones Públicas en ningún caso podrán designar más del 25% de los consejeros generales.

- Habrá un turno de grandes impositores, de no menos del 50%, para garantizar que éstos queden adecuadamente representados en la asamblea general. El resto de consejeros generales correspondientes a este turno se elegirá por el sistema de compromisarios, designados por sorteo de entre el resto de impositores. La renovación de los consejeros generales representantes de impositores se hará por mitades.

La norma incrementa, por otra parte, la profesionalización de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros en los siguientes aspectos:

- Medidas para lograr que los miembros de los órganos de gobierno de las cajas desempeñen sus funciones en exclusivo interés de las mismas y de acuerdo con criterios de eficiencia y buena gestión financiera. Se fortalece la incompatibilidad de formar parte de los órganos de gobierno con la asunción de cargos ejecutivos en partidos políticos, organizaciones empresariales y sindicales.

- Ya no se exige que los miembros del consejo de administración reflejen las proporciones de cuotas representativas existentes en la asamblea general. Por el contrario, se requiere que al menos la mitad de los miembros del consejo sean independientes, no pudiendo tener tal consideración los que sean consejeros generales.

- Exige que todos los miembros del consejo de administración cuenten con los conocimientos y experiencia adecuados para el desempeño de sus funciones, en los mismos términos que se prevé para los miembros de los consejos en los bancos. Se les exigirá que cuenten con los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno exigidos por la legislación.

- Se requiere además proporcionalidad en función de la dimensión económica de cada caja para fijar el número total de miembros de la Asamblea y del consejo de administración.

- Se exige que más de la mitad de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control sean vocales independientes. También deberá tener esta condición el presidente de la comisión de control.

Nuevo régimen para las fundaciones bancarias

En cuanto a las fundaciones bancarias, el Anteproyecto de Ley define su régimen jurídico. Herederas de las fundaciones de interés especial previstas en el Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, son aquellas fundaciones que tienen una participación superior al 10% en una entidad de crédito.

El anteproyecto de Ley obliga a que las cajas que actualmente desarrollan sus actuaciones en régimen de ejercicio indirecto, así como las cajas que tengan un volumen superior a los límites previstos en la norma (es decir, cuando mantenga una participación en una entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos, un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración), se transformen en fundaciones bancarias.

Una vez transformadas en fundaciones bancarias, se ha diseñado un régimen jurídico para estas nuevas entidades que refuerza el control financiero en función del grado de control efectivo que ejerzan en la entidad bancaria participada.

El anteproyecto de Ley distingue: 

- Obligaciones generales para todas las fundaciones bancarias (aquellas que tienen una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 10%, con independencia de que fueran o no cajas anteriormente).

- Obligaciones para las fundaciones bancarias con una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 30%.

- Obligaciones para las fundaciones bancarias con una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 50% o con participación de control.

Todas las fundaciones bancarias, sin excepción, están sometidas a rigurosos requisitos de gobierno corporativo. En particular, se impide que los miembros del patronato de las fundaciones bancarias lo sean a su vez del consejo de administración de la entidad de crédito.

Además, estarán sujetas a un régimen de control que será llevado a cabo por el Banco de España en el marco de sus funciones de supervisión financiera y por el protectorado en materia de gobierno corporativo.

El protectorado corresponderá al Ministerio de Economía y Competitividad cuando la fundación bancaria tenga un ámbito de actuación principal superior al de la Comunidad Autónoma.

Además, las fundaciones bancarias con una participación superior al 30% en una entidad de crédito deben presentar al Banco de España para su aprobación un protocolo de gestión de su participación en el banco. Este regulará los criterios de gestión de la participación de la fundación en el banco, las relaciones entre ambos, las normas sobre operaciones vinculadas y el Plan Financiero para cubrir necesidades de capital del banco.

Adicionalmente, las fundaciones bancarias con una participación superior al 50% o que ostenten posiciones de control en una entidad de crédito estarán obligadas a presentar en su Plan Financiero una estrategia de diversificación de inversiones y gestión de riesgos que evite la concentración en activos emitidos por una misma contraparte.

Además, tendrá que contar con un Fondo de Reserva para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada.

Fundaciones bancarias

Las fundaciones bancarias no podrán participar en procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada a los efectos de alcanzar o mantener posiciones de control. Solo podrán aprobar reparto de dividendos con un quórum y mayoría reforzados (presencia del 50% del capital en primera convocatoria y 25% en segunda convocatoria, más aprobación de tres cuatros del capital presente en la Junta).

En sus negociaciones con la troika, el Ejecutivo español consiguió eliminar del texto el establecimiento de un compromiso temporal para acometer estas desinversiones, lo que habría implicado una devaluación de los activos bancarios, ya que los posibles compradores podrían haber agotado el plazo para ofertar a la baja por dichas participaciones.

La ley afecta a La Caixa, Kutxabank y Unicaja

El anteproyecto de Ley que aprobará el Consejo de Ministros, para iniciar acto seguido su tramitación parlamentaria, afecta fundamentalmente a tres entidades cuyas fundaciones controlan sus bancos filiales. Se trata de La Caixa, Kutxabank y Unicaja.

La norma obligará a los presidentes de estas entidades a escoger entre la presidencia de la fundación y la del banco, al declarar "incompatible" ser patrono de una fundación con un cargo equivalente en la entidad bancaria participada.

Otras de las novedades que establece la norma es que el Banco de España impondrá penalizaciones, en forma de un fondo de reserva, a las fundaciones que controlen el 50% o más de un banco, con el fin de dotar posibles necesidades de la entidad filial para apuntalar su solvencia.

Fuente: LA VANGUARDIA.com

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