Entran en vigor las tasas judiciales, que por primera vez tendrá que pagar el ciudadano
Día 19/11/2012
MIKEL PONCE
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Los ciudadanos que acudan a la Justicia tendrán que pagar una tasa a partir de esta semana. No en todas las jurisdicciones (la penal y la militar siguen exentas) ni todas las personas físicas (entre ellas, las beneficiarias de justicia gratuita), pero sí el grueso de la población cuya unidad familiar no supere el doble del salario mínimo interprofesional, es decir, 1.282 euros.
La ley de tasas que el miércoles salió adelante en el Senado, aunque solo con los votos a favor del PP, acabará con toda probabilidad en el Tribunal Constitucional
ya sea por la vía de la cuestión de inconstitucionalidad (la que
propugnan jueces o tribunales) o por el recurso de inconstitucionalidad,
que podrían interponer en este caso 50 diputados o senadores, o el
Defensor del Pueblo. El presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Carlos Carnicer, ya se lo ha pedido a Soledad Becerril.
Y es que uno de los aspectos que se cuestiona
sobre las tasas, al margen del procedimiento de urgencia con el que se
ha llevado a cabo su tramitación (en apenas dos meses), es su propia
constitucionalidad. Jueces, fiscales, secretarios judiciales, abogados,
procuradores y el resto de personal que trabaja al servicio de la
Administración de Justicia llevan tiempo advirtiendo de que la
imposición de tasas elevadas puede vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva
recogido en el artículo 24.1 de la Constitución Española. Por contra,
el Gobierno sostiene que los ciudadanos que utilizan este servicio son
los que tienen que acarrear con los gastos que de sus actuaciones se
deriven y argumentan que el dinero que se recaude con estas tasas irá
destinado a financiar la justicia gratuita.
De 100 a 1.200 euros
Hasta este momento, las tasas judiciales afectaban solo a las personas jurídicas y a las jurisdicciones civil y contencioso-administrativa. La nueva ley de tasas se extiende ahora a las personas físicas y toca de lleno a las dos jurisdicciones citadas más la social (laboral), si bien en este caso trabajadores y autónomos tendrán que abonar «solo» un 60 por ciento de la cantidad estipulada. Quedan excluidos de este supuesto, por ejemplo, parados o pensionistas. En líneas generales, las tasas fijas oscilan entre los 100 euros de algunos procedimientos civiles y los 1.200 de un recurso ante la Sala Civil del Tribunal Supremo. Una reclamación de cantidad superior a 2.000 euros costaría, por ejemplo, 150. A las tasas fijas se suman otras variables de entre un 0,25 y un 0,5 por ciento de la cuantía procesal, es decir, del interés económico del pleito.
Despidos laborales, caseros que se niegan a
devolver la fianza, inquilinos que dejan de pagar la renta, negligencias
médicas, ahorros invertidos en preferentes, disputas sobre una
herencia, problemas con la expareja en el reparto de bienes... Lejos de
los tecnicismos de las jurisdicciones son muchos los asuntos que pueden
tocar el bolsillo de los españoles.
Para el Consejo General de la Abogacía, se trata de unas cantidades «desorbitadas» que
ningún ciudadano medio puede asumir, pues a las nuevas tasas citadas se
suman los honorarios de abogado y procurador. «No es de recibo que la
inmensa mayoría de los españoles tenga que pedir un préstamo para poder
pagar estas tasas», sostuvo Carnicer durante la protesta de los letrados
convocada el 12 de noviembre. Comparten esta opinión las asociaciones
de jueces y fiscales, jueces decanos y presidentes de las audiencias
provinciales, pese a que supuestamente con la imposición de tasas se
reducirá la litigiosidad.
Fuente: ABC.es
Fuente: ABC.es
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