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viernes, 6 de enero de 2012

El Gobierno da seis meses a la banca para valorar a cero su suelo urbanizable

Xavier Gil Pecharromán
7:15 - 5/01/2012
Los terrenos que hasta ahora se valoraban como suelo urbanizable mantendrán esta valoración en los balances de las inmobiliarias y las entidades bancarias, tras la renovación de la prórroga que finalizaba el pasado 31 de diciembre de 2011.

La prórroga ha dado un nuevo plazo de seis meses, hasta que se cumplan los cinco años de la entrada en vigor de la Ley del Suelo, que, salvo estas excepciones, tan sólo reconoce el valor del suelo urbano y del rústico, sin que las expectativas urbanísticas se trasluzcan en la valoración del mismo.

Ley del suelo

El problema de fondo que afrontan las entidades bancarias y las inmobiliarias es que sin esta prórroga, las entidades que compraron o recibieron en daciones en pago o como consecuencia de impagos un suelo rústico urbanizable -delimitado por un plan urbanístico- la Ley del Suelo les obliga a contabilizar en su balance ese suelo como rústico, sólo en función de la rentabilidad potencial agrícola que se estime que pueda poseer ese suelo.

La exposición problemática que mantiene el sector bancario no se limita a los activos dudosos. También han de tomarse en cuenta los activos adjudicados y recibidos en pago de deudas, así como aquellos otros préstamos en situación normal, pero bajo vigilancia. Los activos así clasificados, junto con los considerados dudosos, están sujetos a la constitución de provisiones de acuerdo con la normativa contable del Banco de España. Solo si ese suelo ha sido delimitado con posterioridad al 1 de julio de 2007 sufrirá automáticamente las consecuencias de la Ley.

Esta prórroga de seis meses coincide con el periodo anunciado por el presidente, Mariano Rajoy, en su discurso de investidura, para completar la reordenación del sector financiero y entre las medidas que podrían ponerse en marcha se encuentra la creación de un banco malo que agruparía parte de los activos tóxicos en los balances de la banca, principalmente el suelo.

Incluso, el actual ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, reiteró en sus intervenciones durante la campaña electoral que la intención del PP cuando llegase al Gobierno era cambiar cuanto antes la situación del sector financiero y dar salida a los inmuebles y suelos en el balance de las entidades a precios "que no tienen salida en condiciones de mercado".

Esta medida es, además, complementaria de otra de las incluidas en las medidas urgentes del Ejecutivo, publicadas el 31 de diciembre, que modifica la Ley de Cajas para que éstas conserven su condición de tales aunque dejen de controlar el 50% del capital en caso de precisar ampliaciones de capital para afrontar las consecuencias de actualizar los libros contables.

En torno a 88.000 millones

La exposición problemática de los bancos y cajas de ahorros vinculada a la actividad de promoción inmobiliaria asciende a 176.000 millones de euros, según figura en el Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España. Dicha exposición problemática, que engloba créditos dudosos, activos adjudicados y activos normales bajo vigilancia, representa un 11,4% de la cartera crediticia de las entidades y un 5,2% del activo consolidado.

El volumen de suelo calificado como urbanizable en manos de las entidades ascendía en junio de 2011 a la cobertura de un 33% del total, según el Banco de España , lo que supone en torno a 58.000 millones de euros. A esta cifra hay que sumar los 30.000 millones en manos de las inmobiliarias, según datos del sector financiero.

La prórroga supone, por tanto, la espera de una hipotética mejora en los mercados inmobiliarios para sociedades que no tienen posibilidad de asumir esas pérdidas inasumibles a corto plazo. Además, siempre y cuando en el momento a que deba entenderse referida la valoración no hayan vencido los plazos para la ejecución del planeamiento o, si han vencido, sea por causa imputable a la Administración o a terceros. 

De no existir una previsión sobre los plazos en el planeamiento ni en la legislación de ordenación territorial y urbanística, se aplicará el de cinco años contados desde la entrada en vigor de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, concluye la medida aprobada por el Gobierno.

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