PROPIEDADES
Hay vías alternativas para acceder a una vivienda con seguridad y sin endeudarse
Inmaculada de la Vega
Madrid
4 ABR 2012 - 16:19 CET
No es una adivinanza. En Londres, para acceder a una vivienda hay una
vía alternativa a la compra —que requiere demasiado esfuerzo económico—
y al alquiler, que se puede tachar de poco estable. Por eso, el Grupo
de Investigación sobre el Acceso a la Vivienda acaba de volver de la
capital de Reino Unido.
Este grupo multidisciplinar y multinacional de expertos tiene al
frente al catedrático de Derecho Civil Sergio Nasarre, de la Universidad
pública de Tarragona Rovira i Virgili, que esta semana ha hablado de
esta tercera vía en el Consejo General de la Abogacía Española.
Pocas economías familiares pueden afrontar el pago de una vivienda en
Madrid y menos en Londres. Allí hay dos posibilidades. La primera, la
adquisición progresiva de la vivienda, libre o protegida. Se empieza por
comprar un 25%, y la familia compradora va demostrando paulatinamente
su capacidad de pago. Y segunda posibilidad: ¿por qué comprar de por
vida una casa que solo se quiere utilizar, por ejemplo, durante la vida
profesional? La respuesta es la propiedad temporal. Al cabo de los años,
la propiedad de la vivienda revierte al vendedor; hasta ese momento, el
comprador temporal es el propietario a todos los efectos: es una
inversión y puede venderse e hipotecarse libremente, al igual que sucede
con la compra parcial.
Así que se consigue, según Nasarre, seguridad en la tenencia de la
vivienda, financiación y, a la vez, no se necesita un alto
endeudamiento.
“Estos trajes a la medida de las necesidades de las familias están en
la línea del proyecto de directiva comunitaria de marzo de 2011 para
prevenir el sobreendeudamiento”, aclara Nasarre. “No podemos seguir
haciendo lo que veníamos haciendo. Se trata de actuar sobre la ciudad ya
existente, pero las nuevas fórmulas requieren cambiar la estructura
jurídica”, apunta Nasarre.
Las propuestas que elabora se podrían plasmar en una modificación en
el Código Civil catalán de 2004. Y si cuaja, también podría tener que
modificarse la legislación de ámbito estatal.
Nasarre anota que la propiedad de la vivienda ha llevado al
sobreendeudamiento y a las ejecuciones hipotecarias, y que el alquiler
sigue siendo escaso, inseguro e inaccesible en general. La salida la
aporta el derecho comparado o el perfeccionamiento de figuras
tradicionales como la masovería catalana, en la que se paga al
dueño del inmueble por usar la vivienda, haciendo las obras de mejora y
rehabilitación. Y lo que el catedrático pide son ventajas fiscales para
todas ellas.
Su grupo de investigación ha conseguido convocar en Tarragona el
macrocongreso de la European Network Housing Research (ENHR), con más de
400 investigadores, para el mes de junio (www.enhr2013.com).
En Canadá las cooperativas se gestionan de forma democrática y son las dueñas del edificio de viviendas
El derecho comparado también aporta alternativas como la cooperativa
con cesión de uso. Miguel Ángel Albors presentó una tesis en la
Universidad Politécnica de Valencia sobre esta fórmula. El modelo danés y
el de Canadá parecen los más exportables.
Para empezar, es la más barato y se puede disfrutar de la vivienda de
por vida e, incluso, cederla en herencia. La propiedad del inmueble es
de la cooperativa, y el miembro de esta puede abandonar el inmueble y
recuperar la participación social que le ha dado derecho a disfrutar del
piso. El préstamo se hace a la cooperativa, que se gestiona de forma
democrática (una persona, un voto).
Mientras el cooperativista (que antes de ser inquilino tiene que ser
miembro de la cooperativa) cumpla sus obligaciones, está protegido.
El Gobierno canadiense, que estableció una legislación que define los
derechos fundamentales de los cooperativistas, avala los préstamos y da
subvenciones a las cooperativas que no tienen ánimo de lucro. En
Canadá, algunas se autogestionan y otras están en manos de
profesionales. Los miembros pagan una cuota y depósitos que son
reembolsados al salir de la cooperativa. Con el tiempo ha ido surgiendo
una red de equipos de apoyo y control. La ventaja, es que esta
posibilidad de disfrutar de casa de forma estable y sin endeudarse tiene
cabida en la legislación actual.
Remedios para la cuesta arriba de la deuda hipotecaria
Cuando en unos presupuestos municipales no se destina dinero a
política social para evitar la exclusión de las familias, al cabo del
tiempo hay que destinarlo a seguridad y sanidad. Esta es la reflexión
que hacen en el Ayuntamiento de Terrassa (Barcelona), que ha puesto en
marcha con el Colegio de Abogados un servicio de mediación entre el
deudor hipotecario en dificultades y la entidad financiera. Esta
experiencia, con resultados positivos, se está exportando gracias a la
implantación en todo el territorio y al compromiso de los abogados, y
fue expuesta en el debate del Consejo de la Abogacía sobre Alternativas al desahucio de los deudores hipotecarios.
También se apuntaron propuestas. En primer lugar, las recomendaciones
que ha venido haciendo la defensora del Pueblo, María Luisa Cava de
Llano, como limitar la imposición de seguros asociados o desarrollar la
obligación de la concesión responsable del crédito. Algunas están siendo
ya plasmadas, como la mayor implicación del notariado. En esto
coincidió Sergio Nasarre, catedrático de Derecho Civil de la Universidad
Rovira i Virgili, quien propuso además la inadmisión notarial de las
cláusulas abusivas de oficio, la mediación de un tercero externo entre
el deudor y la entidad, que se prohíba legalmente dar créditos que
supongan sobreendeudarse o que se haga constar en la publicidad, junto a
lemas como “la hipoteca de tu vida”, que “esta hipoteca puede hacerle
perder su vivienda y su patrimonio”. Abogó por la necesidad de subastas
judiciales abiertas incluso internacionalmente como las de eBay.
Fuente: EL PAÍS.com
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