CAMPUS Veritatis 29/09/2011
Los esfuerzos de la Constitución española por dar un marco consensuado a la convivencia ciudadana, tienen, en el ámbito relativo a la Administración local su expresión más significativa y cercana, dentro de su organización jurídica, que va más allá de sus calles, plazas y edificios.
Si las personas responsables --las electas mucho más-- no asumen con dignidad la implantación de tan compacto fundamento en dicha convivencia, la organización consistorial se vicia y corrompe y, como consecuencia de esa falta manifiesta de rectitud y moral, se transforma en campo de Agramante de quienes utilizan las instituciones públicas para satisfacer intereses personales de dudosa calificación.
Fueron muchos los cordobeses quienes pensaron que Unión Cordobesa (UCOR) se presentaba a las últimas elecciones municipales con una estrategia premeditada y muy lejana de las "promesas" que hicieron al electorado cordobés. Una astuta trampa que su "líder" se guardaba debajo de su brazo populista para, estudiadamente, activarla cuando a él le conviniera.
Don Rafael Gómez ha considerado que ha llegado la hora de manifestarse ante los cordobeses (y también ante las cordobesas) y presentarles, sin el más mínimo rubor, sus verdaderas intenciones porque sus apremios pueden más que su ética y sus perjuicios son más fuertes que su estética.
La actual legislación en materia electoral permite a un imputado en una de las mayores tramas corruptas urbanísticas presentarse a unas elecciones, en tanto se dicte sentencia condenatoria. Permite, también, ser concejal al que se ha reído, grotescamente, de las leyes y ordenanzas del suelo; y tolerar, igualmente, que uno de los mayores sancionados de Europa se siente en un escaño del mismo consistorio al que debe la sanción.
Permisividades que, bajo el manto de una legalidad obsoleta, no hacen sino desorientar a una sociedad --la cordobesa-- que tiene en el "pelotazo urbanístico" su referente, tan equivocado como incontestable.
Pero Don Rafael Gómez Sánchez, insatisfecho con la benevolencia legal, ha querido cruzar la línea que separa la legitimidad de la arrogancia, provocativamente insultante, sentándose en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ante la mirada del resto de los partidos políticos.
Ya tenemos al señor Gómez donde él siempre quiso estar: siendo juez y parte en el organismo público que lo tiene expedientado, sancionado y demandado ante los tribunales de justicia por la realización de la mayor de las irregularidades urbanísticas cometidas en Córdoba durante la época democrática; sabiendo, además, que le ampara el Estatuto de los Miembros de las Corporaciones Locales al "tener derecho a obtener del alcalde o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación" (Art. 77 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local). Pero también dice el mismo Estatuto que "sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por Ley, los miembros de las Corporaciones Locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurran(-) hechos de responsabilidad por dolo o culpa grave, habiendo causado daños y perjuicios a la Corporación" (Art. 76 y 78.3 de la misma Ley citada y el 145.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas).
Con escenarios políticos como el que aquí describimos son con los que se desdice y niega la autenticidad del equilibrio dinámico propio de un sistema de distribución del poder, como línea maestra de la continua construcción de la convivencia ciudadana. Precisamente, es en lo que debería haber pensado Don Rafael, tras preguntarse: ¿qué hago? ¿Qué merezco? ¿Ser comisionado en Urbanismo?
*Grupo de Opinión
Fuente: Diario Córdoba
Los esfuerzos de la Constitución española por dar un marco consensuado a la convivencia ciudadana, tienen, en el ámbito relativo a la Administración local su expresión más significativa y cercana, dentro de su organización jurídica, que va más allá de sus calles, plazas y edificios.
Si las personas responsables --las electas mucho más-- no asumen con dignidad la implantación de tan compacto fundamento en dicha convivencia, la organización consistorial se vicia y corrompe y, como consecuencia de esa falta manifiesta de rectitud y moral, se transforma en campo de Agramante de quienes utilizan las instituciones públicas para satisfacer intereses personales de dudosa calificación.
Fueron muchos los cordobeses quienes pensaron que Unión Cordobesa (UCOR) se presentaba a las últimas elecciones municipales con una estrategia premeditada y muy lejana de las "promesas" que hicieron al electorado cordobés. Una astuta trampa que su "líder" se guardaba debajo de su brazo populista para, estudiadamente, activarla cuando a él le conviniera.
Don Rafael Gómez ha considerado que ha llegado la hora de manifestarse ante los cordobeses (y también ante las cordobesas) y presentarles, sin el más mínimo rubor, sus verdaderas intenciones porque sus apremios pueden más que su ética y sus perjuicios son más fuertes que su estética.
La actual legislación en materia electoral permite a un imputado en una de las mayores tramas corruptas urbanísticas presentarse a unas elecciones, en tanto se dicte sentencia condenatoria. Permite, también, ser concejal al que se ha reído, grotescamente, de las leyes y ordenanzas del suelo; y tolerar, igualmente, que uno de los mayores sancionados de Europa se siente en un escaño del mismo consistorio al que debe la sanción.
Permisividades que, bajo el manto de una legalidad obsoleta, no hacen sino desorientar a una sociedad --la cordobesa-- que tiene en el "pelotazo urbanístico" su referente, tan equivocado como incontestable.
Pero Don Rafael Gómez Sánchez, insatisfecho con la benevolencia legal, ha querido cruzar la línea que separa la legitimidad de la arrogancia, provocativamente insultante, sentándose en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo ante la mirada del resto de los partidos políticos.
Ya tenemos al señor Gómez donde él siempre quiso estar: siendo juez y parte en el organismo público que lo tiene expedientado, sancionado y demandado ante los tribunales de justicia por la realización de la mayor de las irregularidades urbanísticas cometidas en Córdoba durante la época democrática; sabiendo, además, que le ampara el Estatuto de los Miembros de las Corporaciones Locales al "tener derecho a obtener del alcalde o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación" (Art. 77 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local). Pero también dice el mismo Estatuto que "sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por Ley, los miembros de las Corporaciones Locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurran(-) hechos de responsabilidad por dolo o culpa grave, habiendo causado daños y perjuicios a la Corporación" (Art. 76 y 78.3 de la misma Ley citada y el 145.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas).
Con escenarios políticos como el que aquí describimos son con los que se desdice y niega la autenticidad del equilibrio dinámico propio de un sistema de distribución del poder, como línea maestra de la continua construcción de la convivencia ciudadana. Precisamente, es en lo que debería haber pensado Don Rafael, tras preguntarse: ¿qué hago? ¿Qué merezco? ¿Ser comisionado en Urbanismo?
*Grupo de Opinión
Fuente: Diario Córdoba
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